Avanza la incorporación de herramientas informáticas para optimizar el servicio judicial en la Provincia
En el contexto de la política general de incorporación de herramientas informáticas para el cumplimiento de los objetivos institucionales y orgánicos del Ministerio Público, el Procurador General y la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, suscribieron oportunamente la Resolución Conjunta N° 2891/19. La misma establecía la interoperabilidad técnica de los sistemas informáticos de gestión judicial que funcionan en la órbita del Ministerio Público y de la Administración de Justicia (SIMP y Augusta, respectivamente).
La mecionada resolución creó una Mesa de Trabajo y, en dicho marco, la Subsecretaría de Tecnología Informática del máximo tribunal y la Subsecretaría de Informática de la Procuración General desarrollaron una arquitectura de software que posibilita la interoperabilidad de los respectivos sistemas informáticos. Como consecuencia de la implementación de la primera etapa de dicho desarrollo, se estableció como objetivo específico inicial generar circuitos de comunicación que posibiliten consultar, de manera recíproca, la información existente tanto en el sistema SIMP, como en el AUGUSTA.
Por tal motivo, la Suprema Corte, en coordinación con el señor Procurador General, con arreglo al Acuerdo 3971, dictaron las Resoluciones SCBA N° 1015/20 y P.G. N.° 631/20, que ponen a disposición de los órganos judiciales de los fueros penal y de la responsabilidad penal juvenil, de las jurisdicciones Administración de Justicia y Ministerio Público, a partir del 13 de octubre del corriente, los aplicativos que posibilitan el acceso recíproco a la consulta entre los sistemas de gestión SIMP y AUGUSTA, a fin de que los usuarios puedan acceder a los trámites públicos y firmados realizados en una misma causa judicial, en la otra jurisdicción. De este modo, los usuarios pueden consultar la tramitación completa del proceso en una única plataforma cumpliendo con las funciones atribuidas a los funcionarios de ambos organismos sin desatender los límites impuestos legalmente respecto de los derechos de los justiciables.
En tanto, en función de lo peticionado por el Procurador General, Dr. Julio Conte-Grand, la Suprema Corte mediante el dictado de la Resolución N° 1016/20 puso a disposición de Fiscales, Defensores oficiales, Curadores y Asesores de Menores e Incapaces en los casos que con arreglo a la legislación vigente actúan ante los fueros no penales ni penales juveniles, mecanismos de acceso, mediante el SIMP, de la consulta a las actuaciones públicas y firmadas obrantes en una causa judicial que tramite ante los citados fueros, ello a los efectos de facilitar el cumplimiento de las funciones que tienen atribuidas.
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