Senado: Se cayó el tratamiento de la ley de alquileres y de Educación a Distancia
La oposición de Juntos por el Cambio y el Peronismo Federal obstruyó que se abra el debate al no habilitar los dos tercios de los votos. Alquileres fue aprobado por la Cámara de Diputados en noviembre del año pasado y establece extender los contratos de dos a tres años y un nuevo mecanismo de actualización anual (en lugar de semestral), que se calculará en base al aumento de la inflación y el salario. En tanto que la Educación a Distancia, habilitaba a menores a utilizarse cuando solo estaba permitido en la actualidad a mayores y escuelas rurales.
El interbloque Juntos por el Cambio, UCR más PRO, y el Interbloque Federal bloquearon en el Senado el tratamiento sobre tablas de dos proyectos que este jueves se encaminaban a convertirse en ley.
Se trata de las iniciativas de regularización de los contratos de alquiler y otra para dar un marco legal a la educación a distancia, los cuales tienen media sanción de la Cámara de Diputados.
Como se dictaminaron en comisiones esta semana requerían los dos tercios de los votos. Con 42 votos a favor y 29 en contra, la oposición logró no habilitar el debate de los proyectos. Los únicos opositores que acompañaron al Frente de Todos fueron Magdalena Solari Quintana y el rionegrino Alberto Weretilneck.
El de Educación a distancia amplía el artículo 109 de la Ley de Educación para permitir el aprendizaje a distancia para menores de 18 años -ya que solo se habilitaba a los adultos y escuelas rurales- cuando existan razones excepcionales en las que no se pueda realizar el ciclo lectivo en forma presencial. La futura normativa determina que para aplicar esta metodología de estudio "deberá atenderse la provisión de recursos tecnológicos y de conectividad que promuevan la igualdad educativa con condiciones de calidad".
En cuanto al proyecto de Ley de Alquileres fue aprobado por la Cámara de Diputados en noviembre del año pasado y reforma el Código Civil y Comercial para extender los contratos de dos a tres años y establecer un nuevo mecanismo de actualización anual (en lugar de semestral), que se calculará en base al aumento de la inflación y el salario.
En ese sentido, se establece una fórmula para la actualización de los precios, combinando el IPC (Índice de Precios al Consumidor) con el mencionado RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).
Otro punto clave del proyecto es que se dispone que el inquilino podrá optar por presentar como garantía un aval bancario, seguro de caución; garantía de fianza; o personal del locatario, que se documentará con recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio fehaciente.
También se fija que las expensas extraordinarias deberán ser abonadas por el dueño de la propiedad. En cuanto al depósito, el dictamen fija que no se podrá pedir "el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes" y determina que el depósito de garantía será devuelto mediante la entrega de una suma equivalente al precio del último mes de la locación, o la parte proporcional en caso de haberse acordado un depósito inferior a un mes de alquiler.
Otro aspecto clave del dictamen es que se deberá declarar el contrato de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP), dentro de los plazos que disponga este organismo, que a la vez deberá dar facilidades para poder cumplir con esta medida.
Además, se crea el Programa Nacional de Alquiler Social destinado a jubilados, pensionados, y aquellas familias que no tengan cómo acceder a un sistema de garantías.
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