Las reformas al Código Civil que presentó Cristina
En un acto desde el Museo del Bicentenario, la Jefa de Estado dio a conocer los principales puntos de la iniciativa. Busca evitar la posición de abuso dominante en el mercado, simplificar el trámite de divorcio y regular los contratos prematrimoniales. Además legisla sobre el alquiler de vientre y la fertilización in vitro, entre otros temas.
El anteproyecto fue elaborado por una comisión integrada por el titular de la Corte Suprema de la Nación, Ricardo Lorenzetti; su vice, Elena Highton de Nolasco, y la exministra de la Suprema Corte de Mendoza Aída Kemelmajer. Tras la presentación de Cristina, el Ejecutivo deberá enviarlo al Parlamento para su debate y posterior aprobación.
La iniciativa contempla cambios al Código Civil, legislando sobre problemáticas actuales que no estaban contempladas. Uno de los tópicos que será modificado será la figura del divorcio, que será declarado "incausado", lo que significa que no habrá más necesidad de justificar ante un magistrado los motivos de la separación.
Lo que sí establecerá de manera obligatoria es que, ya sea una presentación conjunta o unilateral, habrá que ofrecer una propuesta de solución para los problemas que el divorcio generalmente apareja: régimen de guarda, comunicación con los hijos, alimentos o división de los bienes.
En cuanto al casamiento, la pareja podrá optar por un régimen ganancial como el vigente o uno llamado de "separación", por el que cada cónyuge no tiene que compartir el dinero que gane en forme personal, excepto para los gastos de la convivencia o crianza de hijos.
Los puntos centrales de la reforma pasarán por unificar la legislación civil y comercial. Además regularía el "contrato desde la perspectiva del moderno derecho contractual, al incorporar los contratos con cláusulas generales predispuestas y la teoría general de la relación de consumo", explicó Kemelmajer.
Otros cambios de importancia están previstos para la adopción, ya que se prevé declarar en "situación de adoptabilidad" a un niño si después de seis meses de trabajo y apoyo a su familia de origen y a la ampliada, abuelos, tíos, continúa la situación de desamparo. Este plazo podría ser prorrogable por otro medio año.
Y en cuanto a fertilización asistida, el anteproyecto contempla la filiación que surge de esas técnicas de reproducción humana. "Si el embrión se formó con material genético de una mujer, que luego lo gesta, y de un tercero, que no es el marido ni el conviviente, cuando ese niño nace, es hijo del marido o del conviviente que prestó su consentimiento para que la mujer se sometiese a las técnicas", explica la legista.
Si la reforma prospera, entonces el marido o conviviente que avaló la práctica no podrá luego "impugnar su paternidad" porque si bien la persona nacida no será genéticamente su descendiente, la ley lo considerará como tal porque aceptó "con su voluntad" el tratamiento.
La reforma también versará sobre la gestación por sustitución, o "alquiler de vientres", poniendo bajo "control judicial" una práctica cada vez más usual.
Varios puntos de la reforma ya han suscitado gran controversia entre los sectores más conservadores que han expresado su rechazo a varios de los puntos planteados.