Fertilización asistida: Otro fallo obliga a las prepagas a cubrir el tratamiento
La Justicia Federal admitió un recurso de amparo de una pareja cordobesa y la empresa Galeano Argentina S.A. deberá cubrir tres tratamientos de fertilización in vitro que realizaron los demandantes. El fallo llega mientras se estudia una ley nacional que garantice el acceso a los mismos en hospitales públicos.
La Sala A de la Cámara Federal de Córdoba revocó una sentencia de primera instancia y ordenó a la prepaga Galeno la cobertura total de hasta tres tratamientos de fertilización in vitro por técnica ICSI a una pareja cordobesa que había presentado un recurso de amparo con tal fin.
El Tribunal de Apelaciones, integrado por los jueces Ignacio Vélez Funes, Roque Rebak y Luis Martínez, resolvió que "si el acceso a los tratamientos de fecundación asistida constituye un aspecto del derecho a la vida, este derecho no puede encontrarse reservado a las personas que poseen los medios económicos para solventar los tratamientos más sofisticados y eficaces contra la esterilidad y resulte vedado para quienes carecen de recursos suficientes".
Además el fallo agregó: "debemos recordar que el derecho a la salud incluye la salud reproductiva y la atención sanitaria pertinente" y que "la imposibilidad de procrear es una deficiencia que puede afectar en forma real y efectiva la calidad de vida, siendo que la salud reproductiva involucra la salud psicofísica de ambos integrantes de la pareja, además de su derecho a procrear".
No es la primera vez que un fallo judicial beneficia a los afiliados y obliga a las obras sociales privadas a hacerse cargo del tratamiento de parejas con problemas de fertilidad.
Este fallo del tribunal cordobés llega en medio del debate por una ley nacional, similar a la ya vigente en territorio bonaerense, y que garantiza el acceso a tratamientos de fertilidad a parejas sin recursos en los hospitales públicos.