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    La Costa: Los padres pagarán las multas por desmanes de sus hijos

    El Concejo Deliberante aprobó la ordenanza que establece que los padres de menores que sean culpados por provocar desmanes de todo tipo deberán hacerse cargo de las multas.

    30 de enero de 2010 | 06:59
    La Costa: Los padres pagarán las multas por desmanes de sus hijos


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    En el Municipio de La Costa decidieron que alguien se tiene que hacer cargo de los desmanes que producen los menores de edad año tras año, especialmente en las vacaciones de verano. El razonamiento fue: si los padres pagan las vacaciones, que paguen también las consecuencias.

    Una ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante del Partido de La Costa establece que "cuando se impute la comisión de una falta a un menor de 18 años de edad, serán responsables los padres, tutores y/o quienes detenten su guarda".

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    Con esta determinación habrá responsables materiales de los hechos de vandalismo que se suceden día a día en la costa bonaerense. La modificación de la ordenanza municipal 1.925 que se encarga de regular las actividades diurnas y nocturnas de los jóvenes en verano fue aprobada por unanimidad.

    También intordujeron modificaciones referentes a ruidos molestos y venta de alcohol en la vía pública, otro de los problemas recurrentes de la costa durante el verano.

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    El cambio rspecto de los ruidos molestos establece que los responsables en las casas de alquiler temporario serán los inquilinos: "Ante una falta relativa a ruidos molestos y disturbios, dentro de una vivienda de alquiler temporario o permanente, la responsabilidad caerá en quien esté en uso y goce del mismo, su titular y quien da locación allí", y agrega que "estos dos últimos podrán deslindar sus responsabilidades acreditando haber arbitrado los medios necesarios para evitar la conducta que provocó la falta".

    Sobre el consumo de alcohol en la vía pública, la ordenanza establece severas multas a quienes causen molestias en la vía pública, a los que consuman alcohol fuera de sus casas o de los recintos habilitados y a los que destruyan propiedades del Estado, debiendo pagar la multa correspondiente y reponer el dinero del material dañado.

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