Mariotto exigió que Piombo y Sal Llargués no tengan privilegios jubilatorios
El Vicegobernador de la Provincia solicitó activar el artículo 29 bis de la Ley Nº 13.661 de Jurado de Enjuiciamiento, para apartar a los jueces Horacio Piombo y Benjamín Sal Llargués y se los lleve a juicio político. Los magistrados firmaron la resolución que redujo la pena a un violador de un menor de seis años. Existe otra causa que los involucra.
El presidente del Senado bonaerense, Gabriel Mariotto, pidió que se disponga el apartamiento preventivo del cargo a los jueces de Casación Penal, Horacio Daniel Piombo y Benjamín Ramón Sal Llargués, magistrados responsables de reducirle la pena a un violador de un niño de 6 años.
Mariotto se ampara en el artículo 29 bis (incorporado por Ley 14.441) de la Ley Nº 13.661 de Jurado de Enjuiciamiento: "Nosotros entendemos que si activamos el 29 bis , si le pedimos al Tribunal Superior, a nuestra Suprema Corte que conforme el juri de enjuiciamiento y que rápidamente lo active para apartar a estos jueces, no pueden encontrar la excusa de la renuncia para después jubilarse con todos los honores".
Según el titular del Senado, este nuevo instrumento "es la posibilidad de solicitar el apartamiento preventivo del cargo" de los jueces "atento la gravedad institucional de lo acaecido".
Además señaló que existe una causa abierta y preexistente en la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia que involucra a estos jueces, donde se pone el foco en la labor de los magistrados respecto a un caso violación de unas niñas abusadas por un Pastor Evangélico.
"Las niñas de condición humilde fueron violadas y el fallo de estos camaristas decía como que las chicas estaban acostumbradas a ese tipo de vejámenes y por eso no lo calificó como agravante” explicó el Vicegobernador.
Mariotto, explicó que el régimen jubilatorio es un derecho que tienen todos los ciudadanos, por lo que se le implora al tribunal superior, que actue urgente "porque hay otra denuncia de jury de enjuiciamiento a estos camaristas por el caso Ávalos y otra por el caso del niño que fue violado".
"Lo que hacen estos magistrados es utilizar un régimen corporativo para eludir todo este tipo de situaciones donde ellos están comprometidos", De esta manera solicitan la jubilación a los efectos de dejar descalificada las herramientas institucionales que la provincia ha activado, finalizó Mariotto.
En el artículo 29 bis plantea que: "Si existieran elementos probatorios que hicieran verosímiles los hechos denunciados y si la naturaleza y gravedad de los mismos tornare inadmisible la permanencia en el ejercicio de la función del denunciado, o si ello pudiera perjudicar o entorpecer irreparablemente la investigación, previa vista al interesado por el término de diez días, el jurado podrá disponer su apartamiento preventivo del cargo".
Los magistrados que pertenecen a Casación Penal, firmaron la resolución que redujo la pena a un violador de un menor de seis años, al considerar que la figura de "gravemente ultrajante" no era aplicable, debido a que el niño ya había sido abusado en otras oportunidadespor su padre.