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    Aborto: Histórico fallo de la Corte a favor de la interrupción del embarazo por violación

    El máximo tribunal resolvió por unanimidad avaló una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Chubut. Fue por una adolescente de 15 años que fue abusada por su padrastro. Los médicos que accedan a la práctica no serán sancionados. No se requerirá autorización previa por parte de la víctima.

    13 de marzo de 2012 | 14:53
    Aborto: Histórico fallo de la Corte a favor de la interrupción del embarazo por violación

    Las mujeres que hayan quedado embarazadas tras una violación y decidan poner punto final a la gestación, podrán hacerlo sin la necesidad de autorización previa y no serán luego sancionadas.

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    Así se desprende del fallo del máximo tribunal de justicia, avalando una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Chubut, en favor de una adolescente de 15 años que fue abusada sexualmente por su padrastro.

    Si bien el fallo de la Corte sienta un importantísimo antecedente, su aplicación dependerá de los tribunales inferiores hasta tanto el Congreso sancione una ley que modifique el Código Penal. Los fallos de la Corte no son de aplicación obligatoria en la Argentina y en algunos temas sensibles las diferencias jurisprudenciales entre distintas salas se hacen manifiestas.

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    Se trata de un fallo histórico en el que la Corte Suprema de Justicia de la Nación sienta jurisprudencia respecto a que no será necesaria la autorización judicial previa en los casos contemplados como "no punibles" por el Código Penal.

    Sin lugar a duda la resolución del tribunal superior de Justicia dará lugar a un intenso debate tal como sucede cada vez que se da tratamiento a este tema.

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