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    AFIP impone nuevos requisitos para facturas de Monotributistas

    Los contribuyentes deberán imprimir facturas "C" del mismo modo que las facturas "A" y "B" de IVA inscriptos. Incluirán un Código de Autorización de Impresión (CAI) con vencimiento. Las facturas existentes se podrán usar hasta el 31 de diciembre. Los talonarios que están en uso tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre.

    8 de octubre de 2014 | 11:37
    AFIP impone nuevos requisitos para facturas de Monotributistas

    La AFIP aumentó los controles sobre las facturas de los monotributistas con un nuevo procedimiento para solicitar la impresión de comprobantes y la inclusión en las facturas "C" del Código de Autorización de Impresión (CAI) con fecha de vencimiento, que hasta ahora sólo se utilizaba para las de tipo "A" y "B" de los inscriptos en el IVA.

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    Los talonarios que se encuentran en uso podrán seguir utilizándose hasta fin de año, pero desde enero de 2015 habrá que reemplazarlos. Las facturas que queden en blanco tendrán que inutilizarse colocándose en las mismas la leyenda de "anulado". Para los que necesiten imprimir talonarios en los dos últimos meses del año, la nueva impresión ya deberá cumplir con los nuevos requisitos.

    Los clientes que reciban las nuevas facturas tendrán que revisar que figuren todos los datos requeridos para poder computar el gasto en el Impuesto a las Ganancias.

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    Continúa en vigencia la norma que obliga a los monotributistas adheridos a partir de la categoría "H" a emitir sus comprobantes bajo el sistema de factura electrónica. En estos casos siguen quedando exceptuados del sistema electrónico los que emiten sus comprobantes, por ventas de bienes y prestación de servicios, en el propio establecimiento a consumidores finales. Tampoco tienen que usar el sistema "on line" los que utilizan equipos controladores fiscales para facturar.

    Todos los responsables deberán utilizar remitos tipo "R". Los remitos tipo "X" se mantendrán pero únicamente para los traslados internos, dentro del mismo predio, establecimiento o parque industrial, o cuando sean emitidos por los controladores fiscales de la vieja tecnología como documento no fiscal homologado.

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    DATOS QUE DEBERÁN TENER LOS NUEVOS COMPROBANTES "C": 

    - Datos del emisor

    1. Apellido y nombres o razón social.

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    2. Domicilio comercial.

    3. Condición de contribuyente adherido al Monotributo.

    4. Clave única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).

    5. Número de inscripción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, o condición de exento.

    6. Fecha de inicio de actividad.

    - Datos del comprobante

    1. Fecha de emisión.

    2. Numeración, con los cuatro primeros dígitos del punto de venta (que comienza con 0001) y los ocho siguientes de numeración de los comprobantes

    3. Código de autorización de impresión (CAI)

    4. Fecha de vencimiento del CAI.

    5. Datos de la Imprenta.

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