Bragado: Condenan al municipio por mal estado del pavimento
Deberá pagar un resarcimiento económico a un repartidor de bebidas que sufrió un accidente por una alcantarilla rota. La Justicia argumentó en su fallo que el Estado, "en su carácter de propietario de las calles destinadas al uso público, tiene la obligación de asegurar que las vías urbanas tuvieran un mínimo y razonable estado de conservación".
El Juzgado en lo Contencioso Administrativo de Mercedes condenó a la Municipalidad de Bragado a pagar 2 mil pesos, más intereses, a un distribuidor de bebidas por los daños y perjuicios que sufrió en un accidente del 23 de diciembre del 2004.
Esa tarde el vehículo que conducía quedó atrapado en la boca de una alcantarilla abierta y sin tapa, en el cruce de calles Urquiza con la calle Combate de San Lorenzo de la Ciudad de Bragado, y tuvo que ser asistido por maquinaria municipal para salir de la situación.
Según la sentencia de la Cámara, que cita resoluciones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, "el municipio en su carácter de propietaria de las calles destinadas al uso público, tiene la obligación de asegurar que las vías urbanas tuvieran un mínimo y razonable estado de conservación, ya que el uso y goce de los bienes del dominio público por los particulares importa la correlativa obligación de la autoridad respectiva de colocarlos en condiciones de ser utilizados sin riesgos".
Además establece que el municipio tiene la obligación de señalar el estado de deterioro de una vía pública: "Cuando el Estado no adopta tales medidas de precaución, es responsable por las consecuencias dañosas derivadas de su comportamiento omisivo".
Según publica el sitio Bragado Virtual, en su momento el Municipio argumentó como defensa "el motivo del accidente del camión repartidor fue que cedió una tapa de hormigón de una cámara de desagüe. Fue ayudado por maquinaria de la Municipalidad a salir de la situación en que se encontraba. El procedimiento adecuado debería haber sido la verificación por parte de personal especializado del Corralón Municipal para evaluar los daños producidos".
Además, sostenían que "Debido a que el conductor se retiró del lugar sin inconvenientes aparentes y sin pasar por una inspección como la mencionada, no puede determinarse si lo reclamado es justo, si bien, parece exagerado, según nuestro criterio".
La Municipalidad de Bragado está en plazo para apelar la sentencia ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata.