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    Comercios y profesionales deberán aceptar pagos con tarjeta de débito desde este domingo

    La medida fue dispuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Fijó multas para los comerciantes, prestadores de servicios y profesionales que no cumplan de hasta $30.000. Quiénes quedan exceptuados y cómo denunciar incumplimientos.

    31 de marzo de 2018 | 11:42
    Comercios y profesionales deberán aceptar pagos con tarjeta de débito desde este domingo

    La iniciativa busca promover la implementación de equipos de puntos venta (POS) en los comercios de todo el país. De esa manera, los consumidores tendrán la opción de utilizar la tarjeta de débito como medio de pago.

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    El cronograma comenzó en abril de 2017, y finaliza este sábado con los monotributistas de las
    categorías más bajas.

    A quiénes abarca y quiénes queden exceptuados

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    La resolución alcanza a todos aquellos negocios que vendan o alquilen cosas, presten servicios o realicen obras.

    Quedarán afuera aquellos cuya actividad se desarrolle en localidades de menos de mil
    habitantes y las operaciones inferiores a diez pesos.

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    #UsáDébito > ¿Saliste y no te aceptaron tu tarjeta de débito como medio de pago o te ofrecieron un descuento por pago en efectivo? Por favor, informanos para poder alertar al comercio> https://t.co/8JejyYbMjT pic.twitter.com/fwPsbLl0rA

    — AFIPComunica (@AFIPcomunica) 30 de marzo de 2018

    Qué dice la ley

    La medida se enmarca en la ley 27.253, promulgada el 10 de junio de 2016. En su artículo 10, la norma establece que quienes "realicen en forma habitual la venta de cosas muebles para consumo final, presten servicios de consumo masivo, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles, deberán aceptar como medio de pago transferencias bancarias instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios que el Poder Ejecutivo nacional considere equivalentes".

    Según informó Télam, el costo que les insuma adoptar el sistema podrá ser computado como crédito fiscal del IVA. También hay una serie de beneficios sobre el uso del POS, según indica la AFIP, autoridad de aplicación de la ley: los monotributistas, no pagarán comisiones transaccionales; quienes instalen el sistema por primera vez, no tendrán costo por el alquiler del dispositivo por 2 años; y a aquellos monotributistas y autónomos que abonen los 12 pagos del año se les devolverá una cuota.

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    Los comercios deben exhibir un cartel que indique qué medios de pago aceptan, y los consumidores pueden denunciar a quienes no acepten pago con tarjetas. Se trata del Formulario 960.

    Cómo denunciar y cuáles son las multas

    Como el débito es un medio de pago equivalente al efectivo, los comercios no pueden cobrar un monto adicional por su uso. Si al consumir el comercio ofrece un descuento por pagar en
    efectivo o no tiene terminal de cobro bajo esta modalidad, el usuario puede denunciar a través
    del celular.

    La denuncia se inicia con el escaneo del código QR que figura en el Formulario 960 del local. Al hacerlo, el usuario será derivado a la información del comercio para hacer la denuncia, indica la web de la AFIP. El organismo evaluará el caso y podrá aplicar sanciones. Quienes incumplan, pueden recibir multas de entre $300 y $30.000, y clausuras de entre 3 y 10
    días

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