Denuncian penalmente a Abad y Basavilbaso por incumplir con Ley de Reparación Histórica a jubilados
La justicia federal recibió este jueves una denuncia contra el titular de la AFIP Alberto Abad y el Director ejecutivo de la ANSES Emilio Basavilbaso, por no implementar la moratoria para hombres prevista en la ley de Reparación Histórica.
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Debido a dicho incumplimiento, miles de hombres mayores quedarían sin poder jubilarse y sólo recibirían una pensión universal de tipo asistencial, aunque la ley 27.260 (de Reparación Histórica), les reconozca ese derecho.
La presentación dice que "deliberadamente" se ha incumplido con lo establecido en los artículos 22 y 23 de la ley 27.260 que instrumentó el Programa de Reparación Histórica. Esto significa que se dejaría "en desigualdad de condiciones a gran contingente de adultos hombres" para completar el faltante de años para acceder al beneficio previsional.
La denuncia fue efectuada por Christian González D'Alessandro, abogado especializado en sistema previsional y defensor de los derechos de los jubilados, y recayó en el juzgado federal 5, a cargo del Juez Marcelo Martínez de Giorgi.
En el caso de las mujeres, la ley 27.260 en su artículo 22 determina una prórroga de 3 años de la Moratoria y especifica que este plazo podrá ser prorrogado por igual término. Su Decreto Reglamentario (Decreto Nº 894/2016) establece que la Moratoria Previsional Ley Nº 26.970 vencerá el día 23/07/2019.
Esto significa que hasta esa fecha todas las mujeres menores de 65 años que cumplan la edad jubilatoria exigida por Ley Nº 24.241, podrán acogerse a la Moratoria para completar los años de servicios con aportes faltantes para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU) en el Sistema Integrado Previsional Argentino.
Asimismo, según D'Alessandro, "lo único que lograron aquí los funcionarios denunciados es perjudicar a una enorme población de adultos mayores hombres con varios años de aportes contribuidos al Sistema de la Seguridad Social".
"Muchos de ellos, que al no poder completar el faltante de años, al llegar a los 65 años se les ha prohibido de facto acceder al beneficio previsional establecido por la ley 24241 confinándolos a tramitar una disvaliosa pensión no contributiva asistencial cuyo monto es inferior al haber mínimo, convirtiéndolos en jubilados de segunda, contrariando todos los principios de la Seguridad Social y de igualdad ante la ley como consagra nuestra carta magna", manifiesta la presentación.