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    Diputados trata la suba del impuesto a autos de media y alta gama

    El Frente para la Victoria logró el dictamen del proyecto que aumenta los impuestos internos para autos y motos de media y alta gama, embarcaciones y aeronaves deportivas. Las alícuotas que van del 10 al 50 por ciento, elevando fuertemente el valor final de los vehículos. Vaticinaron que aumentarán los precios de todos los automóviles.

    27 de noviembre de 2013 | 07:31
    Diputados trata la suba del impuesto a autos de media y alta gama

    La norma impulsada por el Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner será abordada el jueves en el recinto, en el marco de una sesión especial. El despacho favorable se firmó en la comisión de Presupuesto y Hacienda, que dirige Roberto Feletti. 

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    El proyecto del Ejecutivo modifica la ley 24.674 y sus modificatorias de impuestos internos, para incrementar la tasa de los bienes de alto valor como "automóviles, vehículos preparados para acampar, motociclos y velocípedos con motor, embarcaciones de recreo o deportes, motores fuera de borda y aeronaves concebidas para recreo o deportes". 

    Feletti destacó que el objetivo del texto es tener "mayor equidad tributaria", aunque no descartó que en el recinto se realicen modificaciones a la iniciativa original. Según dijo, podrían proponerse "segmentaciones" en el impuesto, algo que por el momento no se contempló. 

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    "Algún tipo de segmentación debería haber, justamente para resguardar la industria automotriz", indicó el legislador sobre la propuesta, que fija el impuesto a los automóviles de valor superior a los $170.000. 

    En el caso de las motos, se aplicará una alícuota de 30% cuando su precio sin impuestos se encuentra entre los $22.000 y $40.000 (una cifra que sumó críticas ya que a excepción de los ciclomotores, gran catidad motos se encuentra dentro de esos valores) y en 50% cuando su precio sin impuestos supere los $40.000. Para las embarcaciones concebidas para recreo o deportes y los motores fuera de borda se establece una alícuota del 30% cuando su precio sin impuestos se encuentre entre los $22.000 y $170.000 y del 50% cuando su precio sin impuestos sea superior a $170.000. 

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    En tanto, en el caso de las aeronaves, aviones, hidroaviones, planeadores y helicópteros concebidos para recreo o deporte, se establece una alícuota del 50% cuando su precio sin impuestos sea superior a $170.000.

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