El gobierno promulgó la ley que limita excarcelaciones y salidas transitorias por delitos graves
La norma fue aprobada por el Congreso a principios de mes. Cobró impulso tras el crimen de la militante entrerriana, Micaela García. Cuáles son los delitos contemplados en esta nueva normativa.
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El proyecto que reformó la norma de "ejecución de la pena privativa de la libertad" era reclamado por familiares de víctimas y que cobró impulso tras el femicidio de la joven entrerriana Micaela García. Junto a la promulgación de la ley Nº 27.375 a través del decreto 573/2017, el Poder Ejecutivo también publicó en el Boletín Oficial el texto de la norma.
A partir de esta promulgación, los autores de crímenes graves ya no tendrán acceso a las salidas transitorias y a la libertad condicional, sino que deberán cumplir todas sus condenas en la cárcel.
En ese marco, la ley establece que no podrán otorgarse esos beneficios comprendidos en el período de prueba a los condenados por los siguientes delitos:
- homicidios agravados;
- delitos contra la integridad sexual;
- privación ilegal de la libertad coactiva seguida de muerte;
- tortura seguida de muerte;
- robo con armas, o en despoblado y en banda;
- secuestro extorsivo seguido de muerte;
- trata de personas;
- violaciones a la ley antiterrorista;
- financiamiento del terrorismo;
- contrabando agravado, y producción y comercialización de estupefacientes.
El proyecto de reforma de la ley de "ejecución de la pena privativa de la libertad" se había votado en noviembre de 2016 en Diputados, pero el 26 de abril pasado el Senado introdujo cambios para acotar a determinados delitos la prohibición de otorgar la libertad condicional o transitoria. Luego la iniciativa volvió a la Cámara baja, que le dio sanción definitiva el 5 de julio último.