Elecciones 2019: Debuta la ley de debate presidencial obligatorio
La Ley 27.337, aprobada en 2016, se aplicará por primera vez este año y deberán participar los candidatos que superen las PASO. Habrá una réplica en el interior y otra en caso de balotaje. Quienes se nieguen a participar del debate serán castigados con el no otorgamiento de espacios de publicidad en medios audiovisuales.
Este 2019 se aplicará por primera vez la Ley 27.337, sancionada por la Cámara de Diputados el 23 de noviembre de 2016, que regirá para los candidatos a presidente que hayan superado el piso que imponen las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), es decir, el 1,5% de los votos.
La norma establece que el debate presidencial será obligatorio y que tendrá "la finalidad de dar a conocer y debatir ante el electorado las plataformas electorales de los partidos, frentes o agrupaciones políticas".
Según la ley, cinco días después de su proclamación, los candidatos que hayan superado las PASO serán convocados por la Cámara Nacional Electoral (CNE) para iniciar el proceso. Quienes se nieguen a participar del debate serán castigados con el no otorgamiento de espacios de publicidad audiovisual.
Además, deberá realizarse otro debate en la capital de una provincia del interior del país, a determinar por la CNE. Los debates tendrán lugar entre los 20 y 7 días anteriores a la fecha de la elección, el 27 de octubre.
Podría haber un tercer debate si hay un balotaje.
El evento será transmitido en directo por todos los medios pertenecientes a Radio y Televisión Argentina S.E., y durante el mismo se suspenderá la publicidad electoral en los servicios de comunicación audiovisual, así como los anuncios públicos de los actos de Gobierno.