Política
Es ley la reforma política en la provincia de Buenos Aires
A pesar de que la Coalición Cívica y un senador del Pro no acompañaron la iniciativa la norma fue sancionada.
El Senado bonaerense aprobó el proyecto que establece que las elecciones internas bonaerenses se realicen en simultáneo con las nacionales para elegir presidente, vicepresidente y todos los demás cargos, el segundo domingo de agosto. Esto incluirá a todos los partidos políticos y aquel que pierda no podrá participar en la próxima elección general.
Asimismo se prevé el sistema D’hont para el reparto de cargos partidarios en las fuerzas políticas que posean más de una lista de candidatos a cargos legislativos en las internas y se determinó que no se podrán emplear las llamadas listas “colectoras” y/o “espejos”.
Otro de los puntos aprobados tiene que ver con la residencia mínima de dos años en el distrito de la sección que vaya a representar y se eliminó la prohibición de las llamadas candidaturas “testimoniales”.
Se sumó además, la obligatoriedad para que los partidos políticos presenten anualmente la constancia de personería jurídica. Para las candidaturas a gobernador y vice se requerirá el 2 por 1000 de adhesiones (antes era 4 el número que establecía la Ley) del padrón general. En cuanto a las candidaturas a senadores y diputados provinciales, 4 por 1000, al igual que para las candidaturas locales.
Las elecciones internas, serán convocados por el gobernador dentro de un plazo de 90 a 180 días antes del comicio, de esta manera queda abierta la posibilidad de que las primarias bonaerenses sean coincidentes o no con las primarias para cargos nacionales.
Por otra parte, el proyecto establece que quien se presente como precandidato en las elecciones internas sólo podrá hacerlo por un partido político, agrupación municipal, federación o alianza transitoria electoral y para un solo cargo efectivo y en una sola categoría.
Multas a apoderados
El proyecto establece que se multará económicamente a los apoderados que falsifiquen o adulteren documentación referida a las adhesiones. También a los partidos políticos que incumplan los plazos establecidos para el comienzo y finalización de campaña, y a quienes difundan propaganda política, encuestas o resultados fuera de los plazos establecidos por la ley, incluyendo los actos de gobierno y publicidad oficial.
La publicidad oficial se prohibirá en todo acto de gobierno 15 días antes de los comicios como así también la publicación de encuestas, que no deberán ser publicadas en los últimos ocho días de la campaña.
Respecto de las vacantes, la ley aprobada estipula que si se produjera la renuncia, fallecimiento o incapacidad del candidato a gobernador será reemplazado por el vicegobernador, debiendo el partido, confederación o alianza cubrir la misma con un senador o diputado provincial titular en un primer término de cualquier lista seccional.