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    Impulsan ley para regular el "servicio de mesa" en locales gastronómicos

    El Diputado provincial del GEN, Jorge Santiago, presentó un proyecto que exigirá a confiterías, bares, pizzerías, venta de comidas y afines de la provincia, que adicionen a la facturación esa descripción o "cubierto", brindar a los clientes productos especificados en la nueva norma. La misma es una contribución a la Defensa de los Derechos del Consumidor, contemplado en la ley 24.240.

    25 de agosto de 2015 | 01:02
    Impulsan ley para regular el "servicio de mesa" en locales gastronómicos

    Debido a la masividad que adquirió en los salones gastronómicos el cobro del denominado "servicio de mesa", o "cubierto", el legislador Jorge Santiago, oriundo de Rojas impulsó una ley que busca regular ese cargo adicional, que no podrá aplicarse a menores de 12 años, y deberá brindar una contraprestación específica a tal efecto.

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    Según la iniciativa, los comercios "deben poner a disposición de los clientes los siguientes productos: un mínimo de 250 centímetros cúbicos de agua apta para el consumo, por persona; panera con pan tradicional y/o dietético a elección del cliente, y/o un producto apto para celíacos o libre de gluten; sal modificada, libre de sodio como opción a la sal tradicional".

    El Diputado fundamentó en su proyecto que "el objetivo de regular ese cargo adicional y los productos que deben brindarse como contraprestación, se debe a que no existen normativas al respecto".

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    Además, Santiago expuso que en cumplimiento al principio de igualdad que rige en el ordenamiento jurídico, como así también de la Ley Provincial 10.499 y sus modificaciones, "es necesario incluir una opción para las personas que padecen de celiaquía, sin costo adicional".

    La misma es una contribución a la Defensa de los Derechos del Consumidor, contemplado en la ley 24.240, ya que establece que "los ciudadanos de la provincia de Buenos Aires deben conocer fehacientemente los componentes de los que consta dicha prestación, y la ausencia de al menos uno de los mismos, será razón suficiente para impedir el cobro del servicio".

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    Además, la norma establece que el local gastronómico contará con la obligación "no solo de poner a disposición la variedad de productos establecida, sino que deberá informar en forma clara y especifica los montos a cobrarse por este adicional".

    "De esta manera el servicio de mesa no será una ganancia extra del comercio gastronómico, sino que será percibido como contraprestación a un servicio brindado", concluye la  iniciativa del Diputado Santiago.

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