Política
La Corte Suprema Provincial ratificó a Patricia Miño en su puesto de concejal
La Concejal de Hurlingham Patricia Miño había sido suspendida de su cargo por percibir una pensión de Anses. La Corte Suprema de Justicia provincial estableció que ambas cosas no son incompatibles.
En la última sesión del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, el secretario del cuerpo, Mario Pérez leyó el decreto judicial emitido el 10 de noviembre pasado, el cual establece: “Reincorpórase en forma definitiva a la Sra. Patricia Viviana Miño en el cargo de Concejal de este Honorable Cuerpo, a partir de la fecha de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, desempeñando funciones en las mismas Comisiones Internas de este HCD que integraba previamente”.
El Concejal opositor Jorge Tassara recordó que en octubre de 2008 la mayoría directa de concejales partidarios del Intendente kirchnerista Luis Acuña llegaron a esa determinación luego de probar que la concejal Miño percibía una pensión del Anses aparte de su dieta como edil de la ciudad.
Según lo que dicta la legislación municipal y la Constitución Provincial no existe una incompatibilidad entre ambas cosas más allá de que este hecho sujeto a la opinión pública genere cierta controversia.
La suspensión
Fue el 24 de octubre pasado cuando la Concejal López dio lectura a una carta de una vecina llamada Claudia Martínez que declaraba que Patricio Miño cobraba una pensión por discapacidad. En ese preciso momento el Concejo Deliberante de Hurlingham formó una comisión investigadores compuesta por ediles de todos los bloques que dictaminaron la supuesta incompatibilidad entre ambos haberes.
Mientras tanto Patricia Miño se defendía expresando que “se está atentando contra la libre democracia, porque parece que las personas que no están de acuerdo con un supremo (en alusión al intendente Luis Acuña), por decirlo de una manera, tienen que ser castigadas, como me ha ocurrido a mí, que me castigan con esto por no estar del lado del oficialismo”.
Lo cierto es que más allá de lo reprochable o no de este doble apercibimiento de haberes por parte del estado, la Corte Suprema Provincial dejó bien en claro que no puede ser relevada de su cargo y que seguirá cumpliendo con sus deberes de funcionaria pública.