La Corte Suprema repuso a una concejal de Hurlingam
En la última sesión del Concejo Deliberante de Hurlingham, la concejal Hilda López hizo pública la sentencia de la Suprema Corte de la Provincia que determinó la reincorporación "en forma definitiva" de la edil Patricia Miño.
Miño fue suspendida en sus funciones por la decisión mayoritaria de los concejales acuñistas, quienes exigieron su expulsión, en octubre de 2008. El motivo aducido era que la concejal cobraba, además de su sueldo como funcionaria municipal, un subsidio nacional por discapacidad otorgado por el Anses antes de jurar en su banca. La Ley Orgánica de las Municipalidades y la Constitución Provincial no refieren incompatibilidad y por ello la Corte Suprema ordenó la “inmediata reincorporación” en diciembre del año pasado. El 10 de noviembre último se dictó la sentencia firme ratificando esa orden.
En octubre del año pasado, cuando la presidenta del cuerpo leyó durante una sesión una carta firmada por Claudia Martínez, en la que se denunciaba a la concejal Patricia Miño por cobrar una pensión otorgada por el Anses. Además, solicitaba la explusión “porque es una vergüenza para todos nosotros que la apoyamos”. Así se conformó una comisión investigadora con representantes de todos los bloques del HCD, que dictaminó por mayoría la presunta “incompatibilidad” del cobro simultáneo de ingresos. Por otro lado, una minoría de concejales de la oposición se manifestó en contra de esa decisión. Miño denunció en ese momento: “se está atentando contra la libre democracia” alegando que la “castigaron por no estar del lado del oficialismo”. La concejal suspendida junto con los bloques opositores presentaron ante la Justicia un recurso de amparo.
La denunciada explicó que no pensaban llegar a “esas instancias pero son muy graves las irregularidades que se cometen en el expediente”. La suspensión se decidió durante una sesión especial el 24 de octubre de 2008, con la pesencia y voto de trece concejales todos oficialistas. Los concejales de la oposición que formaron parte de la comisión para investigar el caso, señalaron que faltó que se realizase previamente una sesión especial reglamentario que, pero fracasó por falta de quórum, donde debía calificarse a la presunta trangresión como "grave" según expresa la Ley Orgánica de las Municipalidades.