La Justicia Federal de Dolores suspendió los cortes de gas por falta de pago
Es una medida cautelar interina firmada por el juez Alejo Ramos Padilla y pedida por la Asociación "Consumidores Argentinos". Allí dictaminó que "todas las prestatarias del servicio de gas del país se abstengan de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas a partir del día de la fecha derivado de la falta de pago".
La causa es la 25131/2018 caratulada como "Consumidores Argentinos –Asociación para la Defensa, Educación e informaciónde los consumidores c/ P.E.N. y oros s/ acción declarativa de inconstitucionalidad".
En la resolución, Consumidores argentinos había pedido "la inconstitucionalidad y la nulidad de los aumentos de gas en lo que se refiere a la fijación de los nuevos precios de gas en el punto de Ingreso al sistema de transporte por falta de audiencia pública" y "la suspensión de la aplicación del nuevocuadro tarifario" a los cuales Ramos Padilla no hizo lugar.
En tanto, en la parte resolutiva del fallo, dispuso "como medida cautelar interina que todas las prestatarias del servicio de gas del país se abstengan de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas a partir del día de la fecha derivado de la falta de pago".
En la presentación, Consumidores argentinos acompañó su pedido con la aclaración de que "el servicio de gas es un servicio público esencial resguardado por el art. 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos,Sociales y Culturales, que se trata de un derecho de incidencia colectiva y que nos encontramos frente a un hecho único que ocasiona una lesión a una pluralidad de sujetos".