Ley de Medios: Fallo de la Corte suspende el artículo principal de la normativa
Por unanimidad, la Corte Suprema dispuso la suspensión del artículo 161 que fija un año de plazo para desprenderse de licencias, y que era cuestionado por el Grupo Clarín. La decisión del tribunal de Justicia implica un duro revés a las aspiraciones del Poder Ejecutivo Nacional.
Este mediodía, por unanimidad, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso la suspensión del artículo 161, uno de los principales puntos cuestionados por el Grupo Clarín.
En el fallo, los integrantes del máximo tribunal de Justicia, confirmó la medida cautelar que había sido dictada por el juez federal Edmundo Carbone y confirmada por la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal. Según justificaron, el alto tribunal tiene por doctrina no revisar medidas cautelares dictadas por tribunales inferiores.
El artículo 161 de la Ley de Medios sancionada el año pasado, obliga a las empresas a vender sus radios y canales de televisión y de cable en el plazo de un año.
La decisión judicial implica un duro revés en las aspiraciones del Poder Ejecutivo Nacional, encabezado por la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, para la pronta aplicación de la normativa, que de esta manera seguirá suspendida.