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    Enfermos terminales podrán rechazar o aceptar tratamientos

    El Senado bonaerenses creó el Registro de Actos de Autoprotección, entidad que permitirá a los habitantes de la Provincia consentir o rechazar tratamientos médicos al padecer una enfermedad terminal. También habilita a elegir administrador de sus bienes y el posible lugar de internación.

    16 de julio de 2010 | 07:33
    Enfermos terminales podrán rechazar o aceptar tratamientos

    La Cámara de Senadores de la Provincia creó por Ley el Registro de Actos de Autoprotección, un proyecto impulsado por el Diputado Abel Buil (GEN) que posibilitará a los bonaerense aceptar o rechazar todo tipo de tratamiento médico en caso de sufrir una enfermedad terminal.

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    Además, mediante esta entidad los pacientes podrán elegir administrador de sus bienes y el posible lugar de internación (geriátricos, psiquiátricos, etc.).

    "Hay ciertas cuestiones de una persona, como el cuidado de su propia vida y de su patrimonio, sobre las cuales tiene derecho a disponer y decidir libremente, sin intervención de terceros, aún cuando se trate de parientes o de seres queridos", sostiene la iniciativa.

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    Buil señaló que "la autoprotección representa una necesidad social de creciente significación e incluye un conjunto de actos voluntarios de carácter preventivo, decididos libremente por las personas ante una futura ineptitud o incapacidad psicofísica".

    "Los actos de autoprotección, pueden ocuparse de un sinnúmero de temas de interés de las personas, desde cuestiones patrimoniales, cuestiones de estilos de vida, de deseos y preferencias personales hasta previsiones e instrucciones para los últimos días, para la última enfermedad o la penúltima", agregó.

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    "Se trata de un problema de vida, no de muerte, un problema de la vida que nos toca. A lo mejor, la persona está pidiendo que no lo pongan en terapia intensiva o que sí, disposiciones fundamentalmente para el tema de salud y también cuestiones patrimoniales para que no intervenga en la administración fulano sino mengano", fundamentó el legislador.

    "Con el Registro de Actos de Autoprotección, a una persona se le asegura que sus decisiones quedan asentadas en un documento único, que permitirá conocer con rapidez y certeza, cuándo y ante quién las expresó y hacer valer su voluntad ante la eventual intervención de terceras personas que decidan modificarla", concluyó.

    El registro que estará a cargo de un notario, el mismo es reservado y sólo podrá ser consultado por el titular, por el juez o por personas habilitadas por el otorgante.

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