Mar del Plata: Ratifican la frontera agrotóxica en 1000 metros
La Corte Suprema bonaerense suspendió con carácter de medida cautelar cinco artículos de una ordenanza municipal que eliminaba la zona de seguridad para la utilización de productos químicos de uso agropecuario. Esa norma había sido derogada y fijaba una distancia mínima de apenas 100 metros.
La Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires emitió un fallo que tiene características ejemplares para todo el territorio bonaerense, relacionado con el uso de agroquímicos en la producción agropecuaria, al suspender una ordenanza del partido de General Pueyrredón.
El fallo, con carácter de medida cautelar, ordenó suspender cinco artículos de una ordenanza sancionada en 2013 en el Concejo Deliberante de Mar del Plata, que derogó la norma vigente y redujo de mil a cien los metros de la frontera agrotóxica.
Ahora, con el fallo de la Corte, se retrotrae la situación y la utilización de "cualquier producto químico y/o biológico de uso agropecuario y/o forestal, en particular plaguicidas y/o fertilizantes" deberá tener lugar a mil metros de la zona urbana.
El pedido de medida cautelar fue presentado por el colectivo "Paren de Fumigar Mar del Plata", quienes calificaron a la medida como "un antecedente judicial histórico en materia ambiental" y un "muro de contención a la contra ola de regresión normativa pretendida por varios Concejos Deliberantes del país ante el lobby del sector agrobiotecnológico".