Morón: Abogado no puede ejercer por deudas con el Colegio de Abogados
Un letrado no podrá seguir ejerciendo su profesión por decisión de la Corte Suprema de Justicia de Buenos Aires debido a una deuda de 987 pesos que mantiene con el Colegio de Abogados de Morón. Se trata de la falta de pagos de las cuotas anuales de 2003, 2004 y 2005.
El Colegio de Abogados de Morón había decidido excluirlo de la matrícula porque adeudaba las cuotas anuales de 2003, 2004 y 2005. Ante esta situación, el letrado inició la acción de amparo contra la institución.
Finalmente, la Corte Suprema de Justicia bonaerense falló en contra del abogado al considerar que "la falta de pago de dos cuotas anuales se interpretaba como abandono del ejercicio profesional y que el derecho a trabajar, garantizado en los artículos 14 de la Constitución nacional y 27 de su par provincial, como también los derechos sociales se encontraban sujetos a las leyes que reglamentan su ejercicio, por lo que el apego a esa regulación profesional y puntualmente a la norma cuestionada no se presentaba per se como inconstitucional".
Además el fallo agrega que la normativa actual estipula la exclusión de la matrícula si se adeudan dos años, "medida que no se evidencia como irrazonable al constituir la matriculación, en algún colegio de abogados de la Provincia, la principal condición para el ejercicio de su profesión junto con el título universitario".