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    Polémica en Trelew por Juez que declaró que obligar a una niña a practicar sexo oral no es ultrajante

    El Juez Omar Florencio Minatta, titular de la Cámara Penal de Trelew, aseguró que obligar a una niña a practicar sexo oral no es gravemente ultrajante. Varias organizaciones que defienden a las víctimas indican que es una falta grave al resguardo de los intereses de las niñas y adolescentes. La violencia de género y el abuso sexual constituyen delito.

    24 de septiembre de 2012 | 21:58
    Polémica en Trelew por Juez que declaró que obligar a una niña a practicar sexo oral no es ultrajante

    Las ONG que se proclamaron y enviaron un comunicado son CLADEM, Casa de la Mujer de Puerto Madryn y Fundación Ñuque - Cuyen/ Madre Luna, entre otras. 

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    Sobre los dichos del magistrado expresaron que es "una profunda invisibilización de la violencia de género y una falta grave en el resguardo del interés superior de las niñas y adolescentes", y agregaron que "no se ajusta a la legislación  nacional e internacional, que confiere un amparo integral a las víctimas de violencia sexual, y en especial cuando la víctima es una mujer y niña".
     
    Sobre la norma 119, que define los delitos sexuales manifestaron que "debiera ser integrada por aquellos instrumentos internacionales que forman parte de nuestro bloque de constitucionalidad (en similar situación que el principio indubio pro reo) y que  conforman un ‘mandato constitucional’ acorde al espíritu y letra de la ley penal. A ello se ha comprometido el Estado argentino, y por ende aquellos operadores del sistema judicial, a otorgar al caso concreto un adecuado sentido de equidad y justicia".
     
    Expresaron que las definiciones del Juez Minatta, además de "vulnerar los derechos de las mujeres y niñas víctimas de violencia sexual, pueden, de volcarse en fallos judiciales, exponer a nuestro país a la responsabilidad internacional por no honrar el compromiso de garantizar los derechos humanos de las personas bajo su guarda, en especial de las niñas".
     
    "Entendemos desajustadas las declaraciones del magistrado en tanto si bien el tipo penal se completa con características de tiempo, modo y lugar, tratándose de delitos que en general se cometen en el ámbito intrafamiliar y contra niñas, niños u adolescentes, las víctimas se encuentran prolongadamente sometidas al poder de su abusador, y a la posibilidad concreta de volver a sufrir agresiones", remarcaron.
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