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    Prohíben que policías de licencia por enfermadad cumplan horas Cores y Polad

    Se trata de las tareas que los efectivos de la Bonaerense cumplen fuera de su horario de servicio en la dependencia a la que estén asignados, como por ejemplo en bancos o partidos de fútbol. El Ministro de Seguridad Alejandro Granados firmó la resolucuión la semana pasada. Cada Distrital deberá elevar una nómina de policías a los que alcanza la medida.

    28 de septiembre de 2014 | 17:39
    Prohíben que policías de licencia por enfermadad cumplan horas Cores y Polad

    El Minsitro de Seguridad Alejandro Granados firmó el 24 de septiembre pasado una Resolución que establece la prohibición de asignar jornadas de labor extraordinaria a policías que se encuentren bajo carpeta médica.

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    La medida prohíbe el  "recargo de servicio (Co.Re.S.) y/o servicio de Policía Adicional (POL.AD.)" para "aquellos efectivos a quienes se les otorgue tres (3) o más días de licencia por enfermedad y/o lesión corporal de corto tratamiento y ajena al servicio, durante los treinta días posteriores a su finalización".

    En ese marco, los "titulares de dependencia deberán comunicar en forma inmediata a la Dirección General de Administración la nómina de aquellos dependientes que se encuentren alcanzados" por la Resolución.

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    La decisión de Granados se inscribe en el objetivo de "garantizar el amparo de los derechos que protegen la salud de los efectivos policiales que hubieran sufrido enfermedades y/o lesiones de corto tratamiento y ajenas al servicio".

    La limitación de la jornada extraordinaria de labor y la afectación durante su franco de servicio afectará a miles de efectivos policiales en todo el territorio bonaerense, lo que podría generar malestar dentro de la Fuerza.

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