Prohíben que policías de licencia por enfermadad cumplan horas Cores y Polad
Se trata de las tareas que los efectivos de la Bonaerense cumplen fuera de su horario de servicio en la dependencia a la que estén asignados, como por ejemplo en bancos o partidos de fútbol. El Ministro de Seguridad Alejandro Granados firmó la resolucuión la semana pasada. Cada Distrital deberá elevar una nómina de policías a los que alcanza la medida.
El Minsitro de Seguridad Alejandro Granados firmó el 24 de septiembre pasado una Resolución que establece la prohibición de asignar jornadas de labor extraordinaria a policías que se encuentren bajo carpeta médica.
La medida prohíbe el "recargo de servicio (Co.Re.S.) y/o servicio de Policía Adicional (POL.AD.)" para "aquellos efectivos a quienes se les otorgue tres (3) o más días de licencia por enfermedad y/o lesión corporal de corto tratamiento y ajena al servicio, durante los treinta días posteriores a su finalización".
En ese marco, los "titulares de dependencia deberán comunicar en forma inmediata a la Dirección General de Administración la nómina de aquellos dependientes que se encuentren alcanzados" por la Resolución.
La decisión de Granados se inscribe en el objetivo de "garantizar el amparo de los derechos que protegen la salud de los efectivos policiales que hubieran sufrido enfermedades y/o lesiones de corto tratamiento y ajenas al servicio".
La limitación de la jornada extraordinaria de labor y la afectación durante su franco de servicio afectará a miles de efectivos policiales en todo el territorio bonaerense, lo que podría generar malestar dentro de la Fuerza.