Promulgaron la ley de licencia para trabajadoras estatales víctimas de violencia de género
La ley 14.893 fue promulgada por el gobierno provincial en el Boletín Oficial. La ley es para las mujeres víctimas que trabajan en el Estado o en sociedades que tengan participación estatal mayoritaria. La licencia no afectará la remuneración ni otras licencias que posea.
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El gobierno bonaerense, mediante el decreto 48, promulgó la ley 14.893 que establece la "Licencia para Mujeres Víctimas de Violencia" destinada a todas las trabajadoras de la Administración Pública o sociedades de economía mixta con participación estatal mayoritaria de la provincia.
La licencia "podrá ser solicitada por las trabajadoras a través de cualquier medio, contando con un plazo de cinco días hábiles desde la solicitud para acompañar la constancia de haber realizado la correspondiente denuncia, debiendo el organismo empleador preservar el derecho a la intimidad de la víctima".
Además en su articulado especifica que las condiciones laborales de quien haya solicitado la licencia "no podrán ser modificadas, salvo que sea a instancias y solicitud de la misma" así como "no afectará la remuneración ni eliminará ni compensará aquellas otras licencias a las que la misma tenga derecho".
- Línea 144: Contención, información, prevención y seguimiento para la Violencia de Género. Todos los días, las 24 hs.