Provincia creó un registro de "concurrentes a eventos masivos" y podrán aplicar el derecho de admisión
Será para los asistentes a espectáculos que superen las 5.000 personas e incluye a los partidos de fútbol La resolución firmada por el Ministro de Seguridad, Cristian Ritondo, busca "desalentar desórdenes mediante la prohibición de concurrencia". El registro contendrá nombre y apellido del concurrente, DNI, lugar y fecha de nacimiento, domicilio, género y foto.
El gobierno de la provincia de Buenos Aires creó un Registro de Concurrentes a Eventos Masivos (Recoem) para que los asistentes a espectáculos que superen las 5.000 personas deban empadronarse en un sistema y obtener una credencial que les permita el ingreso, tras la publicación de la resolución 302 del Ministerio de Seguridad bonaerense.
La información de las personas deberá ser confrontada con las bases de datos suministradas por los registros Público de Actuaciones Administrativas, de Antecedentes de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y Nacional de las Personas "para su cotejo en relación a las medidas restrictivas de ingreso en vigencia o por el ejercicio del derecho de admisión".
"El espectador que fuera alcanzado con alguna medida restrictiva de concurrencia o afectado por el ejercicio del derecho de admisión con posterioridad a la emisión de su credencial identificatoria, no podrá ingresar al evento. La información deberá estar actualizada en los dispositivos de control, recayendo en el organizador la obligación de su comunicación al Recoem", detalla la medida que incluye a los partidos de fútbol.
Por ello A.Pre.Vi.De., que dirige Juan Manuel Lugones, se encargará de "la planificación de Convenios de Cooperación eficientes, coordinados y sustentables a fin de garantizar la reciprocidad de información y la implementación de la exigencia de empadronamiento y registro creado".
De acuerdo a la resolución, que comenzará a regir en 60 días, el organizador del evento "estará también a cargo de la emisión de la credencial identicatoria del concurrente". Asimismo, "deberá almacenar la información del evento por un plazo no inferior a 60 días", y se encargará del "control de acceso al evento con dispositivos móviles a través de la
tecnología NFC (Near field communication o comunicación de campo cercano), tanto en forma on-line como off-line, descriptando los datos y mostrándolos en forma completa en el dispositivo".