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    Reforma judicial: Publicaron en el Boletín Oficial ley que regula las cautelares

    El Gobierno Nacional Promulgó una de las medidas más polémicas del paquete de leyos que envió al Congreso para reformar el Poder Judicial. Se trata de la norma aprobada en una maratónica sesión que terminó en escándalo en Diputados y que regula y limita las medidas cautelares contra el Estado.

    30 de abril de 2013 | 05:41
    Reforma judicial: Publicaron en el Boletín Oficial ley que regula las cautelares

    El Gobierno que encabeza Cristina Kirchner ordenó, a través del decreto 456,"tenerse por Ley de la Nación" la norma 26.854, que limita el uso de las medidas cautelares contra el Estado sancionada el día atrás en una polémica sesión en a Cámara Baja.

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    En el artículo 2, según lo publicado en el Boletín Oficial, quedó de la siguiente forma para ajustarse al pedido del CELS que conduce Horacio Verbitsky:  "La providencia cautelar dictada contra el Estado nacional y sus entes descentralizados por un juez o tribunal incompetente sólo tendrá eficacia cuando se trate de sectores socialmente vulnerables acreditados en el proceso, se encuentre comprometida la vida digna conforme la Convención Americana de Derechos Humanos, la salud o un derecho de naturaleza alimentaria. También tendrá eficacia cuando se trate de un derecho de naturaleza ambiental".
     
    En estos casos, agrega la nueva legislación, "ordenada la medida, el juez deberá remitir inmediatamente las actuaciones al magistrado que considere competente, quien, una vez aceptada la competencia atribuida, deberá expedirse de oficio sobre el alcance y vigencia de la medida cautelar concedida, en un plazo que no podrá exceder los cinco 5 días".
     
    En tanto, el artículo 3, que recibió múltiples críticas de la oposición, entre otras cuestiones indica que "el juez o tribunal para evitar perjuicios o gravámenes innecesarios al interés público, podrá disponer una medida precautoria distinta de la solicitada, o limitarla, teniendo en cuenta la naturaleza del derecho que se intentare proteger y el perjuicio que se procura evitar".
     
    Por otro lado, otro artículo polémico, el 9, determina que los jueces "no podrán dictar ninguna medida cautelar que afecte, obstaculice, comprometa, distraiga de su destino o de cualquier forma perturbe los bienes o recursos propios del Estado, ni imponer a los funcionarios cargas personales pecuniarias".
     
    El Gobierno aún no oficializó la legislación que crea 3 tribunales de casación, mientras que la reforma en el Consejo de la Magistratura volvió al Senado para su sanción definitiva.
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