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    Regreso a la década del ’90: Macri aprobó el decreto que habilita los retiros voluntarios

    Según la medida establecida en el Boletín Oficial, la ley 263/2018 establece que la persona acreedora de los planes de retiro voluntario debe cumplir una serie de requisitos. A la persona que cumpla esos puntos establecidos, asimismo, se le otorgará retribuciones de 24 a 36 cuotas mensuales que equivalen al sueldo neto y el beneficio de la obra social.

    3 de abril de 2018 | 08:06
    Regreso a la década del ’90: Macri aprobó el decreto que habilita los retiros voluntarios

    Mauricio Macri firmó un decreto que da luz verde para aplicar un régimen de retiro voluntario para los trabajadores que presten servicios en la Administración Nacional. El decreto comprende al Poder Ejecutivo, los ministerios y los organismos descentralizados e instituciones de la seguridad social que engloban tanto al PAMI y la Anses como a la AFIP, el Senasa, INTA e INTI, entre otros.

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    La medida aprobada recuerda las modalidades aplicadas durante dos décadas atrás, en los años ’90, cuando gobernó el país Carlos Menem, quien alentó este tipo de normas para reducir supuestos los déficit de distintos organismos estatales.

    Según el decreto 263/2018 publicado este martes en el Boletín Oficial, el personal que entra en los planes de retiro voluntario debe cumplir una serie de requisitos, entre los que se destacan:

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    • a) Tener SESENTA Y CINCO (65) o más años de edad y no contar con los años de servicio necesarios para obtener la jubilación ordinaria en los términos de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias” 
    • b) Tener entre SESENTA (60) y SESENTA Y CINCO (65) años de edad;
    • c) Tener hasta SESENTA (60) años de edad y acreditar una prestación de servicios de DOS (2) o más años en Entidades y Jurisdicciones comprendidas en el artículo 8°, inciso a) de la Ley N° 24.156. 

    A la persona que cumpla esos puntos establecidos, asimismo, se le otorgará retribuciones de 24 a 36 cuotas mensuales que equivalen al sueldo neto y el beneficio de la obra social. Si el beneficiario se jubilara dentro de ese plazo, el plan se vería interrumpido.

    En tanto, el decreto que lleva la firma del Presidente asegura que en el caso de los menores de 60 años, con más de dos años de trabajo, las cuotas serán del 70% del sueldo neto y ascenderán según la antigüedad. No obstante, podrán reinsertarse en el sector privado y ser acreedor de un sueldo simultáneo al plan.

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