Restricción de camiones en rutas de la Provincia por fin de semana largo del 9 de julio
Las restricciones abarcan a la Autovía 2, Rutas Provinciales 11, 36, 56, 63, 74, y Autopista Buenos Aires–La Plata. Rige los días 5, 6 y 9 de junio de 2019.
La Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires informó que por el feriado del Día de lndependencia, los días 5, 6 y 9 de junio de 2019, se restringirá la circulación de camiones con carga de más de 7 (siete) toneladas de porte bruto en rutas de la provincia.
Ellas son la Autovía 2, Rutas Provinciales 11, 36, 56, 63, 74, y Autopista Buenos Aires–La Plata, con el objetivo de facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito en rutas turísticas, indicó.
Cabe recordar que el día 8 de julio es día no laborable con fines turísticos, es decir, el empleador está facultado o no a dar el día de trabajo a sus empleados.
En ese sentido, las restricciones por horarios son :
Sentido a la Costa Atlántica
- Viernes 5 de julio de 2019 de 18:00 hs a 23:59 hs.
- Sábado 6 de julio de 2019 de 06:00 hs a 14:00 hs.
Sentido a CABA
- Martes 9 de julio de 2019 de 14:00 hs a 23:59 hs.
Autopista Buenos Aires – La Plata
- Desde Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la ciudad de La Plata.
Ruta Provincial Nº 2 (AUTOVIA 2)
- Desde km 40,5 del Ramal Buenos Aires – Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires – La Plata hasta el Km. 400 (Camet).
Ruta Provincial Nº 11
- Desde intersección con RP Nº 36 (Pipinas) hasta el Km. 537 (Chapadmalal)
Ruta Provincial Nº 36
- Desde Rotonda RP Nº 10 (Prolongación Av. 66 - La Plata) hasta la intersección con RP Nº 11 (Pipinas)
Ruta Provincial Nº 56
- Desde su intersección con la RP Nº 11 (Gral. Conesa) hasta su intersección con la RP Nº 74 (Gral. Madariaga).
Ruta Provincial Nº 63
- Desde Distribuidor de Transito con RP Nº 2 (Dolores) hasta Intersección con RP Nº 11 (Esquina de Crotto).
Ruta Provincial Nº 74
- Desde su intersección con la RP Nº 56 (Maipú) hasta su intersección con la RP Nº 11 (Pinamar).
Quedan exceptuadas de toda restricción para circular, temporaria o permanente, a los vehículos del autotransporte de cargas menores a 7 toneladas de porte bruto.