Temporal: Empresas de telefonía deberán resarcir a usuarios que se quedaron sin servicio
La Comisión Nacional de Comunicaciones dispuso que las empresas de telefonía móvil; Claro, Movistar, Personal y Telefónica; deberán acreditar a sus usuarios, que se vieron afectados por la falta de servicio durante el temporal del pasado 2 de abril, un importe de 60 pesos en concepto de resarcimiento.
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La medida alcanza a los usuarios de Capital Federal, La Plata y Gran Buenos Aires que tuvieron cortes en los servicios durante y posterior al temporal del 2 de abril.
Lo determinó la Comisión Nacional de Comunicación mediante las resoluciones 1269 a la 1272. Además de resarcir a los usuarios afectados el Estado las multó
"Las empresas deberán acreditar a todas y cada una de las líneas de telefonía móvil el importe de sesenta pesos", destacaron desde el organismo. E informaron que en la modalidad de pospago, la acreditación se realizará "dentro de la primera o segunda facturación, y deberá ser indicada en la factura de manera desagregada y mencionando la Resolución correspondiente".
En tanto, para los que tengan una cuenta prepaga, se deberá "dar cumplimiento a la acreditación dentro del plazo de diez días de notificada la empresa, enviando, además, un mensaje de texto a cada terminal informando de la efectiva acreditación".
Esta medida se tomó tras comprobarse que las prestadoras de telefonía fija y móvil no contaban con un protocolo de acción. Tampoco tenían infraestructura necesaria para garantizar el funcionamiento del servicio, durante las horas posteriores al temporal.