Trenque Lauquen: Comenzó el período de autorización para uso de pirotecnia
Según la Ordenanza 1380/97, el período establecido para la autorización de uso de pirotecnia es desde el 20 de diciembre al 7 de enero. Las infracciones serán sancionadas con decomiso y multas de entre un 20 y un 200 por ciento del salario mínimo municipal.
La Ordenanza considera artículos de pirotecnia prohibidos a todos aquellos que “en su composición contengan pólvora, explosivos y afines, como sustancias o mezcla de las mismas, y que, en determinadas condiciones, son susceptibles de una súbita liberación de energía mediante transformaciones químicas”. Incluyen también “artificios que contengan explosivos o estén destinados a producir o transmitir fuego”.
El objetivo es evitar la proliferación del uso de artículos de pirotecnia en la localidad, situación que atenta contra la seguridad y la tranquilidad de la comunidad.
La Ordenanza puntualiza la "prohibición de fabricación, almacenamiento, tenencia, venta, exhibición, distribución y comercialización" de productos de pirotecnia en Trenque Lauquen, pero en el período comprendido entre las 12 del 20 de diciembre y del 7 de enero es autorizada como excepción.
Quienes almacenen, distribuyan, exhiban o comercialicen artículos de pirotecnia de venta controlada deberán estar inscriptos en la Dirección General de Fabricaciones Militares y cumplir con todos los recaudos de la reglamentación de pólvoras, explosivos y afines a la ley 20.429, además de contar con la habilitación municipal correspondiente.