Boletín Oficial: El Gobierno prohibió por decreto la propaganda política partidaria en edificios públicos de Nación
La disposición fue confirmada a través de la publicación del Decreto 1084/2024 de este martes por la madrugada. Además, el Ejecutivo también determinó una serie de límites para denominar inmuebles y otras restricciones destinadas al uso de recursos públicos para promoción personal o política partidaria en la función pública.
“Prohíbese la exhibición, colocación o difusión de imágenes, símbolos, obras o cualquier otra referencia personal que pueda interpretarse como una forma de propaganda política partidaria o de culto a la personalidad política en edificios u obras públicas, oficinas, monumentos u otros bienes muebles o inmuebles pertenecientes al Estado Nacional”, indica el documento difundido en el Boletín Oficial este martes.
Asimismo, el Gobierno resaltó en el DNU que “los recursos y bienes del Estado nacional son públicos y deben estar al servicio de la comunidad en general y no de intereses particulares o partidarios que suponen una imposición forzada a la memoria colectiva”.
Ante esto, en la normativa, que lleva las firmas de Javier Milei y el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, se fijó que no se podrá denominar a los bienes “con nombres de personalidades políticas antes de transcurridos diez años desde su fallecimiento o desaparición física o desde los acontecimientos históricos que se pretenda honrar”.
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