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    Chivilcoy: la Justicia falló a favor de los vecinos y ABSA deberá reducir los niveles de arsénico en el agua potable

    El fallo en primera instancia puede ser apelado por la empresa. El abogado que representa a los vecinos aseguró que “La sentencia es muy sólida". El reclamo es para que se reduzca de 50 a 10 microgramos por litro la presencia de arsénico.

    2 de noviembre de 2023 | 21:31
    Chivilcoy: la Justicia falló a favor de los vecinos y ABSA deberá reducir los niveles de arsénico en el agua potable

    Tras la demanda iniciada por vecinos de Chivilcoy para que los niveles de arsénico permitidos en el agua potable sean de 10 microgramos por litro, la Corte Suprema de Justicia de la provincia falló en favor de los demandantes, en primera instancia.

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    Cabe destacar que Aguas Bonaerenses S.A (ABSA) pretendía que se autoricen 50 microgramos por litro. Esta iniciativa es de un grupo de vecinos que, desde el año 2018, entablaron una lucha para que se reconozca estos valores, informa el medio local La Razón.

    El fallo en primera instancia dispuso que el Organismo de Control de Aguas de la provincia de Buenos Aires debe realizar cada dos meses estudios de análisis y estos deberán ser reportados al juzgado y a la Comisión Fiscalizadora del Agua, sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Chivilcoy.

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    Por lo que ABSA tendrá que cumplir con el servicio de agua potable dentro de los límites y alcances establecidos en el Código Alimentario Argentino. Además, esta sentencia ratifica un fallo anterior, de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de San Martín, del año 2018, sobre la situación de Chivilcoy.

     “El fallo es muy importante porque pone fin a un debate jurídico que se venía dando, ante la problemática en el agua para consumo humano”, detalló el abogado ambientalista Fernando Cabaleiro, quien lleva la demanda de los chivilcoyanos.

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    “Tanto la provincia de Buenos Aires, ABSA y los municipios que prestan servicios de agua potable, venían invocando una normativa provincial que, a nuestro entender, está derogado, que es la Ley 11.820, que establecía que el arsénico en el agua podía alcanzar hasta los 50 microgramos por litro”, destacó.

    En cuanto a la posibilidad de que la empresa apele la sentencia, Cabaleiro dijo que es muy probable y que ya está corriendo el plazo perentorio de 10 días hábiles para que lo hagan y aclaró: “La Suprema Corte de Justicia de Provincia decide si concede o no este recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación”. 

    “En el caso que no lo conceda, ABSA desde el momento que es notificada de ese rechazo, tiene un plazo de cinco días hábiles para plantear una queja extraordinaria ante la Corte Suprema de la Nación”, detalló en cuanto al seguimiento de la causa.

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    “De todas maneras, esta queja no suspende los efectos de la sentencia, cosa que sí hace el recurso extraordinario. Ahí habría que esperar si la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires efectivamente, concede  ese recurso y esperar que la Corte Suprema resuelva el tema de fondo”, finalizó.

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