Concejal bahiense de LLA buscó evitar una multa por alcoholemia, pero la justicia rechazó el recurso extraordinario
Felipe Fernández fue infraccionado en el 2022 cuando todavía no era legislador. Se negó a someterse al control y fue sancionado por 145.440 pesos.
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La Justicia de Bahía Blanca le dio un nuevo revés al concejal de La Libertad Avanza Felipe Horacio Ferrández, al rechazar un recurso extraordinario con el que buscaba evitar una multa y una inhabilitación para conducir por una presunta alcoholemia positiva.
El fallo fue dictado por la Sala I de la Cámara Penal local, integrada por los jueces Christian Yesari y Gustavo Barbieri, quienes consideraron inadmisible la presentación del edil. De este modo, ratificaron decisiones previas que ya habían desestimado los planteos del dirigente contra la sanción impuesta en primera instancia.
El origen del caso se remonta al 25 de diciembre de 2022, cuando Ferrández, por entonces sin cargo público, fue interceptado mientras conducía una Renault Kangoo. En ese contexto, se negó a someterse al control de alcoholemia, una conducta que, según la Ley Nacional de Tránsito 24.449, configura una presunción de resultado positivo.
Por ese hecho, la jueza correccional subrogante N° 2, María Laura Pinto, le impuso una multa de 145.440 pesos y la inhabilitación para conducir por seis meses.
En su intento por revertir la sanción, Ferrández, asesorado por el abogado Francisco Cantalejos, presentó un recurso de inaplicabilidad de ley en el que planteó la nulidad del acta administrativa. Argumentó que se había vulnerado su derecho de defensa por la supuesta omisión de testigos y errores en la redacción del documento.
Sin embargo, la Cámara entendió que esos argumentos no eran nuevos, sino una reiteración de planteos ya analizados y rechazados en instancias anteriores. “No existe omisión de tratamiento sino una disconformidad con el razonamiento efectuado por la jueza”, señalaron los magistrados, quienes añadieron que se trata de “un criterio discrepante” del imputado.
Además, el tribunal remarcó que la vía del recurso extraordinario sólo procede en casos de sentencias definitivas, supuesto que no se configura en este expediente, motivo por el cual decidieron rechazarlo sin más trámite.
Con esta resolución, el concejal queda más cerca de tener que cumplir con la sanción impuesta. No obstante, aún podría presentar una queja ante la Suprema Corte bonaerense, aunque esa instancia no suspendería automáticamente la ejecución de la pena, decisión que quedaría sujeta al criterio del juez de faltas interviniente.
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