• Últimas Noticias
  • Turismo
  • Entrevistas
  • Empresas y Negocios
  • Secciones electorales
  • Funcionarios
  • Municipios
  • Empresas
La Noticia 1
viernes 10 de julio de 2026

SECCIONES

  • Funcionarios
  • Municipios
  • Secciones electorales
  • Empresas
  • Últimas noticias
  • Información general
  • Elecciones 2025
  • Política
  • Policiales
  • Entrevistas
  • Cultura y espectaculos
  • Turismo
  • Empresas
  • #DeRedes
  • Informes
  • Deportes
  • Salud
  • Sociedad
  • Judiciales
  • Gremiales
  • Tecnología
  • Agro
  • Funcionarios
  • Municipios
  • Secciones electorales
  • Empresas
La Noticia 1
  • Ads
    Información GeneralAñadir como fuente en

    ARCA elevó los montos a partir de los cuales las billeteras virtuales deben informar transacciones: ¿Qué implica?

    Tras el anuncio, la palabra "corralito" se volvió tendencia en X. Te contamos por qué es falso que el usuario deba realizar un trámite adicional. Además, la medida ya rige desde el 2019, aunque ahora se actualizaron los valores.

    2 de enero de 2025 | 21:32
    El nuevo piso es de 600.000 pesos.
    El nuevo piso es de 600.000 pesos.

    La ex AFIP actualizó el piso mínimo que obliga a las entidades financieras a informar transacciones, transferencias, saldos y consumos que realicen sus clientes. La medida entró en vigencia desde el 1° de enero y el ajuste surge de la actualización semestral automática basada en la inflación acumulada en el período anterior.

    Ads

    Las obligaciones recaen concretamente sobre las billeteras virtuales y otras plataformas, que deben reportar cuando las transferencias superen los montos determinados a partir de enero de 2025: operaciones por $600.000, ingresos o egresos por $1.000.000 y saldos finales en cuentas por 2.000.000 pesos.

    ARCA
    Los nuevos montos rigen desde el 1° de enero de 2025.

    Este jueves, la resolución de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) se viralizó luego de que en redes sociales los usuarios replicaran la información bajo el hashtag “corralito”. Además, algunos medios refirieron que superados esos montos, la entidad podría exigir a los contribuyentes la documentación que demuestre el origen de los fondos.

    Ads
    "Corralito" tendencia en X este jueves.
    "Corralito" tendencia en X este jueves.

    En ese contexto, Gabriela Russo, presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires (CABA), aclaró en diálogo con el portal Chequeado que los clientes no deberán realizar ningún trámite, dado que “la información respecto de las transacciones están a cargo de las administradoras de billeteras virtuales”. Y añadió: “Se pueden recibir transferencias por cualquier importe. En caso de superar las sumas contempladas en el Régimen de Información serán reportadas a la AFIP”.

    Además, vale aclarar que la medida está en vigencia desde el 2019, a partir de la Resolución 4298 de la entonces AFIP, y lo que hizo ahora ARCA fue actualizar los montos. De hecho, la imagen que se viralizó con el hashtag “corralito”, corresponde a los valores que regían hasta diciembre de 2024. A partir del 1° de enero de 2025, las billeteras virtuales deberán informar los ingresos y egresos que realicen sus clientes cuando la operación supere los $ 600 mil.

    Ads

    Bienvenidos al CORRALITO.
    SEÑORAS Y SEÑORES pic.twitter.com/TrfF4GKdW7

    — Maguy-Ta🔥 (@maguyar83) January 2, 2025

    No obstante, advirtió que si los movimientos no son consistentes con la situación patrimonial del cliente (es decir, si se realizan transferencias que no se puedan justificar con los ingresos declarados ante el fisco) “se inicia un proceso de fiscalización”.

    ¿Cómo es el procedimiento de fiscalización de ARCA?

    El órgano recaudador posee distintos tipos de fiscalizaciones y pueden iniciarse a través de 3 maneras:

    Citaciones: se convoca al contribuyente para que brinde las respuestas y exhiba la documentación que respalde su situación patrimonial.

    Ads

    Verificaciones: se envía al contribuyente un requerimiento por escrito, en donde se le otorga un plazo para que responda sobre inconsistencias detectadas a fin de aportar la documentación requerida.

    Inspecciones: se inicia un proceso de revisión, control y verificación que recae sobre los contribuyentes y, generalmente, ocurre en su domicilio.

    Puede interesarte
      Temas
      • El País
      AUTOR
      Foto de La Noticia 1La Noticia 1
      Comentarios

      Para comentar, debés estar registradoPor favor, iniciá sesión

      INGRESA

      Funcionarios relacionados

      • imagen Juan Alberto Pazo

        Juan Alberto Pazo

      Ads
      Ads
    La Noticia 1
    Añadir como fuente en
    Páginas
    • Funcionarios
    • Municipios
    • Secciones electorales
    • Empresas
    NOTICIAS POR RUBRO
    • Información general
    • Elecciones 2025
    • Política
    • Policiales
    • Entrevistas
    • Cultura y espectaculos
    • Turismo
    • Empresas
    • #DeRedes
    • Informes
    • Deportes
    • Salud
    • Sociedad
    • Judiciales
    • Gremiales
    • Tecnología
    • Agro
    2026 | La Noticia 1 | Todos los derechos reservados: www.lanoticia1.comRegistro de Prop. Intelectual Nº 53092474 · Edición Nº 5939 - Propietario: La Opinión Semanario SRL - Director Responsable: Lidia Inés Berardi - Liniers 71, San Pedro, Buenos Aires.
    Términos y condicionesPrivacidadCentro de ayuda
    Powered by
    artic logo