El Gobierno endurece aún más el cepo: Restringen el acceso a dólares en el exterior a sólo U$S 50
Tampoco se podrá realizar operaciones en casinos y juegos de azar, ni hacer transferencia a proveedores de servicio de pago e inversión, ni comprar cryptomonedas, ni hacer operaciones de cambio.
"Las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas locales deberán contar con la conformidad previa del Banco Central para acceder al mercado de cambios para realizar pagos al exterior por el uso de tarjetas de crédito, débito o prepagas emitidas en el país a partir del 01.11.19 inclusive, cuando tales pagos se originen, en forma directa o indirecta a través del uso de redes de pagos internacionales”, indicó la Comunicación 6823 del Banco Central.
Con los nuevos cambios, el cepo alcanza las siguientes operaciones:
a) La participación en juegos de azar y apuestas de distinto tipo y/o,
b) La transferencia de fondos a cuentas en Proveedores de Servicios de Pago y/o,
c) La transferencia de fondos a cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados el exterior y/o,
d) La realización de operaciones cambiarias en el exterior y/o,
e) La adquisición de criptoactivos en sus distintas modalidades.
A su vez, se estableció !en u$s 50" el monto máximo "por operación" que podrán otorgar las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas de crédito locales "como adelantos en efectivo a los tarjeta habientes en el exterior".