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    Entra en vigencia la Ley de Fertilización asistida

    A partir de hoy la ley bonaerense entrará en vigencia. El gobierno de Daniel Scioli habilitó la línea 0800-666-0611 donde los interesados en conocer más detalles sobre la misma podrán obtener información de manera gratuita.

    3 de enero de 2011 | 08:11
    Entra en vigencia la Ley de Fertilización asistida

    El proyecto que garantiza el tratamiento de fertilización asistida a los habitantes bonaerenses que tengan dos años como mínimo de residencia, "preferentemente" a quienes carezcan de cobertura médico - asistencial, entra hoy finalmente en vigencia.

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    La iniciativa contaba con el apoyo del Gobernador provincial Daniel Scioli y fue elaborada por los legisladores Juan de Jesús y Marcelo Feliú. Fue convertida en Ley tras ser aprobada por ambas cámaras.

    El gobierno provincial habilitó, desde hoy, una línea gratuita en la que se podrán hacer consultas respecto a los requisitos para acceder al tratamiento. Se trata del 0800-666-0611. Según adelantó el Ministro de Salud Alejandro Collia, a partir del mes próximo ya estarán en condiciones de iniciarse los tratamientos, por lo que los interesados podrán a partir de hoy conocer más detalles.

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    Ioma, las obras sociales y de medicina prepaga deberán cubrir los gastos de los tratamientos a aquellas familias con problemas de fertilidad que no puedan costearlos. Para ello se dispondrán de centros en distintas partes de la provincia.

    El programa de fertilización es para mujeres de entre 30 y 40 años. Aquellos casos que se presenten como una excepción a este tope serán evaluados por el Consejo Consultivo, un organismo creado a instancias de la ley para asistir casos complejos o excepcionales que plantean algún tipo de dilema ético o médico.

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    Vía telefónica se podrán además conocer los hospitales donde se realizará el tratamiento para las parejas que acrediten un mínimo de dos años de residencia en la provincia de Buenos Aires.

    Al reglamentar la ley se decidió que será considerada pareja estéril aquella que tiene un año de relaciones habituales sin protección y que no haya logrado el propósito de tener un hijo.

    Se realizarán hasta dos intentos, a razón de uno por año, y quedará sujeta a definición del Consejo Consultivo la posibilidad de un tercer intento, en base a lo que refiera el médico tratante.

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