Enviarán a juicio a los dueños de un frigorífico por la muerte de un operario en Bahía Blanca: cayó a un desagüe
La Justicia consideró que la empresa ano cumplió con las medidas de seguridad. De acuerdo con la causa, la víctima no tenía cinturón de seguridad, cuerda salvavidas ni arnés.
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La Justicia resolvió que los propietarios del frigorífico Viñuela y Compañía deberán enfrentar un juicio oral por la muerte del operario Héctor Américo Alarcón Ríos, ocurrida en septiembre de 2019 en la planta ubicada en la localidad bahiense de Grünbein.
La decisión fue tomada luego de que la Cámara Penal rechazara los pedidos de sobreseimiento presentados por las defensas de Alfredo Viñuela y Antonio Daniel Viñuela, quienes serán juzgados por el delito de homicidio culposo.
El hecho ocurrió el 2 de septiembre de 2019, poco antes de las 9.40, cuando Alarcón Ríos, de 60 años y con casi 30 años de antigüedad en la empresa, realizaba tareas de limpieza en los depósitos de almacenaje de efluentes industriales del frigorífico.
Según la investigación, el trabajador perdió el equilibrio y cayó a uno de los piletones de desagüe residual, de más de dos metros de profundidad. A pesar de la intervención de los servicios de emergencia y de su traslado a un hospital, el operario falleció.
Las pericias determinaron que la víctima no contaba con las medidas de seguridad necesarias para realizar ese tipo de tareas. De acuerdo con la causa, el operario no tenía cinturón de seguridad, cuerda salvavidas ni arnés, y el sector carecía de puntos de anclaje y barandas de contención.
El fiscal Cristian Aguilar concluyó que la firma incumplió las normas de seguridad e higiene correspondientes a la actividad y acusó a los empresarios por haber violado los deberes de cuidado que tenían a su cargo.
Durante el proceso, los abogados defensores intentaron evitar que la causa llegara a juicio. El defensor oficial Martín de Prada sostuvo que Ángel Viñuela no tenía injerencia en la administración del frigorífico y se dedicaba exclusivamente a la compra y venta de hacienda. Por su parte, el abogado Hernán Silva afirmó que el trabajador sí disponía de elementos de seguridad, aunque desconocían por qué no los utilizó, y señaló que las tareas preventivas habían sido delegadas en un técnico especializado.
Sin embargo, la Cámara Penal ratificó lo resuelto en primera instancia y consideró que existen pruebas suficientes para avanzar hacia el debate oral.
En la investigación también tuvieron peso los testimonios de al menos ocho compañeros de trabajo de la víctima, quienes aseguraron que luego del accidente se realizaron mejoras en el sector, como la colocación de barandas, vallados, luminarias y carteles de advertencia.
Uno de los testigos indicó que Alarcón Ríos realizaba esas tareas sin arnés ni casco y que al momento del hecho observó desprendimientos de material en los bordes del piletón. Otro declaró que el operario había sufrido episodios previos de vértigo y descompensaciones.
Además, la Justicia destacó que el ingeniero en Seguridad e Higiene Sergio Canullo había recomendado previamente a los propietarios implementar medidas de seguridad específicas, entre ellas la instalación de barandas y la presencia permanente de supervisores, sugerencias que no fueron cumplidas.
Los jueces Gustavo Barbieri y Christian Yesari remarcaron que las condiciones del lugar eran riesgosas y que las advertencias técnicas habían sido ignoradas por los responsables de la empresa.
El delito de homicidio culposo, contemplado en el artículo 84 del Código Penal, prevé penas de entre seis meses y cinco años de prisión e inhabilitación especial para quien cause la muerte de otra persona por imprudencia, negligencia o incumplimiento de los deberes a su cargo.
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