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    General Alvarado reglamentó Uber, Cabify y Didi: cuáles son los requisitos y las nuevas reglas

    La normativa fija condiciones comunes para taxis, remises y plataformas digitales, con controles, sanciones y un plazo de 60 días para adecuarse.

    9 de agosto de 2026 | 09:50
    La normativa que regula el funcionamiento de taxis, remises y plataformas electrónicas.
    La normativa que regula el funcionamiento de taxis, remises y plataformas electrónicas.|PH: Internet

    El Municipio de General Alvarado dio a conocer los detalles de la implementación de la Ordenanza Municipal Nº 181/26, la normativa que regula el funcionamiento de taxis, remises y plataformas electrónicas de transporte de pasajeros como Uber, Cabify y Didi, estableciendo un mismo marco de exigencias para todos los prestadores.

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    La ordenanza, aprobada por mayoría en el Concejo Deliberante, permite la operación legal de las aplicaciones de transporte, siempre que cumplan con los mismos requisitos que los servicios tradicionales.

    Desde el Ejecutivo señalaron que la iniciativa fue elaborada en conjunto con las entidades del sector y remarcaron que el objetivo es "ordenar y proteger el trabajo local", ya que tanto los vehículos como los conductores deberán estar habilitados y radicados en el Partido de General Alvarado.

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    Los requisitos para prestar el servicio

    La normativa establece que todos los conductores deberán contar con licencia profesional categoría D, seguro para terceros transportados, Verificación Técnica Vehicular (VTV) específica para transporte de pasajeros y vehículos con una antigüedad máxima de 15 años.

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    Además, el Municipio incorporó nuevas precisiones sobre la implementación de la ordenanza. Entre ellas, la obligación de obtener una habilitación municipal anual, presentar un certificado de libre deuda, contar con antecedentes penales y respetar una vestimenta adecuada.

    También quedó ratificada la prohibición de circular con vidrios polarizados.

    Diferencias entre taxis, remises y aplicaciones

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    La reglamentación establece una diferencia clave entre las modalidades de transporte.

    Solo los taxis estarán autorizados a captar pasajeros en la vía pública y utilizar las paradas oficiales, manteniendo su identificación de color blanco con techo rojo.

    En cambio, los remises y las aplicaciones como Uber, Cabify y Didi no podrán levantar pasajeros en la calle, ya que los viajes deberán contratarse previamente por teléfono, de manera presencial o mediante las plataformas registradas.

    Controles, QR y multas

    Para reforzar la fiscalización, todos los vehículos habilitados deberán exhibir una oblea identificatoria con código QR, que permitirá verificar en tiempo real la documentación y la vigencia de las habilitaciones.

    Las Direcciones Municipales de Inspección General y de Tránsito serán las encargadas de controlar el cumplimiento de la ordenanza y podrán secuestrar vehículos que incumplan la normativa.

    Las sanciones previstas incluyen multas de hasta 1.000 Unidades Fijas, la caducidad de la habilitación y la inhabilitación de los conductores.

    Con la entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 181/26 quedaron derogadas las normas anteriores que regulaban por separado a taxis y remises. Los prestadores tendrán un plazo de 60 días corridos para adecuarse a las nuevas exigencias antes del inicio de los controles y la aplicación de sanciones.

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