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    Lanzan régimen para regularización, refinanciación y bonificación para PyMEs bonaerenses con deudas

    Es para las empresas que tengan deudas por infracciones laborales y de seguridad e higiene. Rige por 90 días.

    27 de agosto de 2019 | 15:03
    Lanzan régimen para regularización, refinanciación y bonificación para PyMEs bonaerenses con deudas

    Con la firma de la gobernadora María Eugenia Vidal, un decreto estableció el inicio de un régimen de regularización, refinanciación y bonificación de intereses para las PyMEs que tengan deudas por infracciones laborales y de seguridad e higiene.

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    Según lo establece la medida publicada en el Boletín Oficial bonaerense, el plazo de vigencia será de 90 días corridos desde este martes 27, según el decreto 1145.

    "Las PyMEs de la provincia atraviesan una difícil situación tal como surge de los informes emitidos por el Ministerio de Producción, el de Trabajo y los efectuados por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME)", señala la resolución.

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    Además, señala que “ante el escenario económico surge la necesidad ineludible de dar adecuada respuesta a los empleadores PyMEs que vieron afectada su situación financiera y económica, y suministrarlos de una herramienta idónea que les posibilite regularizar sus obligaciones infraccionarias y ajustarse a derecho; siempre teniendo presente que ello importará una herramienta para posibilitar el sostenimiento del empleo y el desarrollo del sector”.

    El decreto lleva las firmas de Vidal; del ministro de Trabajo, Marcelo Villegas; del ex ministro de Economía, Hernán Lacunza; y del jefe de Gabinete, Federico Salvai.

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    Según la reglamentación, pueden regularizarse o refinanciarse las deudas originadas en los siguientes conceptos: a- Multas que posean las PYMES en cualquier estado de cobro administrativo y/o judicial sin sentencia firme al momento de solicitar la adhesión al plan de pagos. b- Convenios de Pago caídos, incumplidos, vencidos o caducos.

    Por otro lado, determina que "se encuentran excluidas del régimen de la presente moratoria las PyMES cuyos responsables posean sentencia penal condenatoria, por delitos que tengan conexión con las obligaciones incumplidas que motivaron la aplicación de las multas que se pretenden regularizar".

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