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    Las viviendas únicas de ocupación permanente no podrán embargarse

    El Senado de la Provincia de Buenos Aires convirtió en Ley un proyecto que tiene como fin "brindar tranquilidad y seguridad a las familias de la Provincia, sabiendo que la casa en la que vive siempre estará a salvo de ser rematada". Las propiedades que están amparadas por esta normativa deberán constituir el único inmueble del titular destinada a vivienda.

    1 de diciembre de 2012 | 08:57
    Las viviendas únicas de ocupación permanente no podrán embargarse
    La Cámara Alta de la Provincia convirtió en Ley esta iniciativa del Diputado Marcelo Feliú, del Frente para la Victoria, que declara "inembargables e inejecutables" las propiedades familiares habitadas en forma permanente.
     
    La iniciativa tiene como objetivo principal la protección de las viviendas denominadas únicas. Los propietarios podrán negarse a hacer uso de ese derecho. 
     
    Para que las viviendas estén amparadas bajo esta norma deberán estar habitadas permanentemente y deberá ser la única propiedad a nombre del titular. Además deberán guardar una relativa y razonable proporción entre la capacidad habitacional y el grupo familiar. 
     
    "Es una forma de brindar tranquilidad y seguridad a las familias de la provincia, disponer por ley que la casa que en la que se vive, siempre estará a salvo de cualquier posibilidad de remate o ejecución. Esta salvaguarda ya existe en otras provincias que han avanzado en leyes similares y corresponde que se implemente en Buenos Aires", destacó Feliú. 
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