Mar del Plata: el bloque libertario propone derogar la ordenanza que prohíbe a Remax realizar operaciones inmobiliarias
La iniciativa es impulsada por el bloque de LLA en el Concejo Deliberantes. El Colegio de Martilleros manifestó su repudio. Los profesionales rechazan "la figura impuesta por estas franquicias comerciales". Los argumentos de los ediles libertarios.
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La controvertida propuesta que ya produjo el repudio por parte del Colegio de Martilleros, es impulsada por el bloque de La Libertad Avanza en el Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredón.
Emiliano Recalt y Cecilia Martínez, ediles que conforman la bancada, presentaron el proyecto este viernes para derogar la ordenanza que prohíbe la difusión del servicio de intermediación inmobiliaria bajo el nombre de franquicias, licencias o marcas, informaron desde el cuerpo legislativo.
El comunicado sostiene que la ordenanza Nº25.029 promulgada en 2021 "imposibilita el crecimiento del mercado inmobiliario" justificada "en conceptos erróneos e imponiendo restricciones para el ejercicio de la profesión de martilleros y corredores públicos".
En detalle, la normativa vigente establece que se prohíbe la difusión por cualquier modo o formato y/o la oferta pública del servicio de intermediación inmobiliaria bajo el nombre de franquicias, licencias o marcas en el partido de General Pueyrredón, cuya ciudad cabecera es Mar del Plata.
El servicio de intermediación inmobiliaria, cuyo caso más conocido en esta ciudad balnearia es el de Remax "actúa de la misma manera que las inmobiliarias tradicionales, con un martillero o corredor público matriculado y un equipo de personas que se encarga de colaborar con el profesional en el giro comercial", señalaron los legisladores.
"La práctica a lo largo del país ha demostrado que pueden convivir todos los modelos de inmobiliarias, sin generar perjuicio alguno a los profesionales del ámbito inmobiliario", indicó el bloque.
"Y realmente puede ser que en algún momento, el desembarco de algunas empresas haya generado algún tipo de temor pero hoy, la práctica profesional demuestra que la competencia sirve, funciona y que no hay riesgo para nadie ni para ningún sector".
"Nosotros estamos convencidos de que es el momento de avanzar en la derogación de esta norma; en la cual nuestro espacio político estuvo en contra desde el minuto uno que se presentó", afirmó.
Consideramos que "mientras exista un corredor matriculado que asuma la responsabilidad profesional de las operaciones y que realice los actos que resultan por ley indelegables, la figura de colaborador, agente o como se lo denomine es perfectamente legítima, forma parte del Código Civil y Comercial de la Nación y no viola ninguna ley".
Qué dijeron desde el Colegio de Martilleros
El Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de Mar del Plata expresó su “rechazo total y contundente” y “profunda preocupación”, esto “toda vez que los fundamentos que sostiene el avance de este proyecto no sólo son insuficientes”, señalaron en un comunicado
Y sobre lo argumentado exponen: “disfrazan la realidad pretendiendo generar dudas a la comunidad sobre quienes se encuentra habilitados legalmente en la intermediación inmobiliaria; facultad esta única e indelegable que debe ser realizada por medio de los Martilleros y Corredores Públicos”.
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En esa línea puntualizaron: “Rechazamos la figura impuesta por estas franquicias comerciales que permiten, alientan y promueven el ejercicio de la profesión a personas que no están habilitadas por carecer de título profesional y matricula habilitante, bajo el título de agentes o asesores inmobiliarios”.
Y agregaron que este “accionar está vedado por las leyes vigentes, generando una competencia desleal que perjudica no solamente al conjunto de profesionales debidamente inscriptos en la matrícula de los colegios profesionales, sino también a la comunidad toda”.
Cabe aclarar que la ley nacional 20.266 y provincial 10.973, establecen claramente los requisitos de quienes pueden ejercer la profesión, descartando en forma terminante la posibilidad de que sociedades comerciales o franquicias puedan ejercer la actividad reservada únicamente a los Martilleros y Corredores Públicos.
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