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    Mar del Plata reguló Uber, Cabify y DiDi: qué condiciones deberán cumplir choferes y autos

    La ordenanza crea un registro municipal para plataformas y fija exigencias de documentación, seguros y habilitaciones.

    19 de junio de 2026 | 13:19
    La norma prohíbe expresamente la captación de pasajeros en la vía pública.
    La norma prohíbe expresamente la captación de pasajeros en la vía pública.

     El Concejo Deliberante de General Pueyrredón aprobó la regulación del transporte de pasajeros mediante plataformas digitales como Uber, Cabify y DiDi, una actividad que ya funcionaba en Mar del Plata pero que hasta ahora carecía de un marco normativo específico.

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    La iniciativa crea un Registro Municipal de Empresas de Tecnología de Movilidad (ETM), en el que deberán inscribirse las firmas que intermedien entre usuarios y conductores a través de aplicaciones móviles o plataformas digitales.

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      El proyecto fue respaldado por los bloques del PRO, La Libertad Avanza, la UCR+Nuevos Aires y la Coalición Cívica, mientras que Unión por la Patria, Acción Marplatense/Movimiento Derecho al Futuro y el Frente Renovado votaron en contra.

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      La ordenanza establece que las empresas deberán acreditar un domicilio especial en General Pueyrredón y contar con una dirección electrónica para recibir notificaciones oficiales. Además, serán responsables de verificar que los conductores y vehículos que operen mediante sus plataformas cumplan con todos los requisitos exigidos por la normativa.

      Entre las condiciones para los choferes figura la obligación de contar con Licencia Nacional de Conducir profesional categoría D1 expedida por el municipio, presentar un certificado de antecedentes penales vigente, que deberá renovarse anualmente, y acreditar la titularidad del vehículo o una autorización para su uso.

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      En cuanto a los automóviles, deberán contar con toda la documentación requerida para circular, seguro específico para transporte oneroso de pasajeros con cobertura para terceros y ocupantes, Verificación Técnica Vehicular vigente y una antigüedad máxima de 15 años desde su patentamiento. También tendrán que exhibir una identificación visible que permita reconocerlos como prestadores habilitados.

      La norma prohíbe expresamente la captación de pasajeros en la vía pública. Los viajes solo podrán ser contratados a través de plataformas digitales.

      Además, las empresas serán consideradas solidariamente responsables por las consecuencias jurídicas derivadas de la prestación del servicio frente a usuarios y terceros.

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      La ordenanza prevé un plazo de 90 días desde su reglamentación para que las compañías y los prestadores se adecuen a las nuevas disposiciones. El incumplimiento podrá derivar en sanciones.

      Durante el debate, la concejal de La Libertad Avanza, Noelia Ríos, destacó que la iniciativa incorporó aportes de distintos sectores y afirmó que se llegó a una normativa "completa". Por su parte, el radical Ariel Bordaisco sostuvo que las aplicaciones "son una realidad" y consideró necesario avanzar en una regulación que podría servir de modelo para otros municipios.

      Desde la oposición cuestionaron el tratamiento del expediente. Pablo Obeid, de Unión por la Patria, consideró que la propuesta fue elaborada "a las apuradas" y puso en duda la capacidad de control prevista. En la misma línea, Juan Manuel Cheppi calificó el proceso legislativo como "vergonzoso" y aseguró que el municipio no cuenta con herramientas suficientes para fiscalizar el cumplimiento de la ordenanza.

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