Revés para el municipio de Azul: La Cámara declaró la invalidez de la Tasa por Servicios Esenciales
Se aplicará para los casos judicializados. Observó defectos formales en la Ordenanza y así revocó el fallo de primera instancia.
:format(webp):quality(40)/https://lanoticia1cdn.eleco.com.ar/media/files/azul_2.jpeg)
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata revocó el fallo del Juzgado de Primera Instancia de Azul haciendo lugar a la demanda y declarando inválida la Tasa de Servicios Esenciales para quienes promovieron esta acción judicial.
El fallo fue dictado el 27 de noviembre de este año, en el juicio “Campagnolle, Juan Ignacio y otros c/ Municipalidad de Azul s/ Pretensión Declarativa de Certeza”. Con este precedente, el resto de las demandas promovidas contra esta Tasa podría seguir la misma suerte. Principalmente, la sentencia de la cámara objetó la mayoría obtenida para aprobar el tributo en la Asamblea de Mayores contribuyentes.
La polémica Tasa por Servicios Esenciales rigió en 2024 y fue impulsada por el gobierno de Nelson Sombra. Alcanzaba a cada hectárea de tierra con el equivalente a una fracción o un litro de gasoil, dependiendo de la explotación que esté siendo ejercida en el terreno. Se cobrará un 0,5, un 0,75 o 1 litro, según el campo esté destinado a la cría, a la producción mixta o a la agrícola, respectivamente.
Para la Municipalidad queda la posibilidad de interponer recurso ante la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, aunque el fallo se basa en el propio criterio de este Tribunal en relación al cómputo de la mayoría para la validez de una ordenanza que crea un nuevo tributo, según publicó El Tiempo de Azul.
Cabe recordar que el juez Pablo Gabriel Quaranta, del juzgado contencioso de Azul, dictaminó que la Municipalidad debía cobrar solo el 50% de la tasa. Sin embargo, con este nuevo fallo, se deja sin efecto esa resolución de primera instancia y se debiera dejar de exigir ese tributo a los que accionaron, e incluso, reintegrar lo que eventualmente pudiera haberse cobrado a esos contribuyentes por dicha tasa.
Para comentar, debés estar registradoPor favor, iniciá sesión