Tras medida cautelar: Desde la Municipalidad de Saladillo aclaran que “el agua de red es apta para el consumo humano”
La Justicia ordenó a la comuna de la séptima sección proveer de agua apta para consumo a los vecinos. "El agua suministrada en Saladillo cumple con los parámetros establecidos por la normativa vigente de la Provincia de Buenos Aires, que admite hasta 0,05 mg/L de arsénico", aclararon.
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La Municipalidad de Saladillo dio a conocer el texto completo de la medida cautelar dictada en el marco de una causa judicial iniciada por ocho vecinos vinculada a la calidad del agua de red en dicha ciudad, dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo N° 4 del Departamento Judicial de La Plata.
Allí ordena crear un centro de distribución comunitario donde se instalará un tanque fijo con canillas, que será abastecido y llenado con agua de fuente superficial, donde los vecinos podrán ir a cargar bidones.
Asimismo, en lo que respecta a las instituciones de salud, escuelas y centros recreativos, el municipio de Saladillo a demanda de los mismos, deberá proveer bidones de aguas potables con las mismas características.
En este contexto, el Municipio se encuentra elaborando un “Plan Director de Adecuación Cautelar (PDAC) de diseño provisorio -por cuanto deberá ser aprobado por ADA y por el HCD en los distintos tramos de elaboración- que se desarrollará conforme a lo ordenado provisionalmente en sede judicial, que no resuelve la cuestión de fondo sino solo obedece la manda judicial”.
Ademásm indicaron que tal propuesta se presenta porque la medida dispuesta por el juzgado “resulta de imposible cumplimiento para Saladillo, ya que no contamos con aguas superficiales” y que todo ello se hace “en paralelo a la solicitud de asistencia y coordinación a organismos provinciales competentes a quienes nos hemos ya dirigido”.
“El agua suministrada en Saladillo cumple con los parámetros establecidos por la normativa vigente de la Provincia de Buenos Aires, que admite hasta 0,05 mg/L de arsénico. La medida judicial adopta como referencia el valor sugerido por la Organización Mundial de la Salud (OMS), de 0,01 mg/L, y ordena medidas preventivas de carácter provisorio mientras continúa el trámite judicial”, señalaron desde la comuna que gobierna José Luis Salomón.
Y agrega: “Esta resolución no constituye una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión, razón por la cual es sumamente necesario realizar un análisis integral previo para luego evaluar las inversiones necesarias, su fuente de financiamiento, aumento de la tasa por el servicio de agua y demás aspectos ciertamente complejos, para que tengan luego viabilidad en el tiempo”.
“La presencia de arsénico en aguas subterráneas es una problemática histórica de gran parte de la región pampeana, con base en la estructura del suelo y requiere soluciones estructurales que exceden la competencia exclusivamente municipal, dejando en claro además que la OMS ha manifestado que las concentraciones actuales representan un riesgo de efecto por consumo crónico (décadas de exposición), y no agudo o de efectos inmediatos”, se explicó.
“Queremos transmitir con claridad que el agua de red es apta para el consumo humano y que los controles y análisis periódicos realizados sobre su composición físico-química y bacteriológica cumplen con los parámetros establecidos por la normativa vigente de la Provincia de Buenos Aires”, concluyeron.
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