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    Trenque Lauquen: Autorizan el uso de pirotecnia

    La ordenanza 1380/97 queda permitido el uso de pirotecnia a partir del 20 de diciembre hasta el jueves 7 de enero. Queda prohibida su autorización en lugares públicos o de acceso públicos del distrito. Las infracciones serán sancionadas con el decomiso y multas entre un 20 y un 200 por ciento de salario mínimo municipal.

    9 de diciembre de 2011 | 06:30
    Trenque Lauquen: Autorizan el uso de pirotecnia

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    La Ordenanza considera artículos prohibidos a todos ellos que "En su composición contengan pólvora, explosivos y afines, como sustancias o mezcla de las mismas, y que, en determinadas condiciones, son susceptibles de una súbita liberación de energía mediante transformaciones químicas", y también "artificios que contengan explosivos o estén destinados a producir o transmitir fuego".
     
    El objetivo de esta medida es evitar la proliferación del uso de artículos de pirotecnia en el distrito. 
     
    La reglamentación exceptúa de la prohibición anterior a "la pirotecnia de venta controlada utilizada para la minería, la industria, salvataje, señalamiento, alarma, defensa agrícola y espectáculos públicos. Deberán solicitar para su utilización correspondiente autorización municipal, exceptuándose de este requisito quienes la utilicen para salvataje, señalamiento y alarma".
     
    Además prohíben la fabricación, almacenamiento, tenencia, venta, exhibición, distribución y comercialización. Durante el periodo comprendido entre las 00.00 del 20 de diciembre y el 7 de enero, quedan exceptuados de esta medido el almacenamiento, tenencia, distribución, exhibición y venta. 
     
    "Quienes almacenen, distribuyan, exhiban o comercialicen artículos de pirotecnia de venta controlada deberán estar inscriptos en la Dirección General de Fabricaciones Militares y cumplir con todos los recaudos de la reglamentación de pólvoras, explosivos y afines a la ley 20.429, además de contar con la habilitación municipal correspondiente", destacan desde el Municipio.
     
    Y agregan: "Los infractores al artículo tercero serán sancionados con decomiso de todo el material pirotécnico y con la aplicación de multa de uno a diez salarios mínimos municipales".
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