Tres años de prisión en suspenso para la ex consejera escolar de LLA de Bahía Blanca por una denuncia falsa de violación
Fiorella Belén Damiani había acusado a dos hombres por abuso sexual pero los videos que aportaron los imputados demostraron que la relación fue consentida.
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La Justicia de Bahía Blanca condenó a tres años de prisión en suspenso a Fiorella Belén Damiani (27) por el delito de falso testimonio agravado, luego de comprobarse que había denunciado falsamente a dos hombres por violación en 2017. La mujer había sido electa consejera escolar por La Libertad Avanza.
La acusación original se derrumbó durante la investigación judicial, cuando los dos imputados aportaron como prueba videos extraídos de sus teléfonos celulares que, según se acreditó en el expediente, demostraban que la relación sexual había sido consentida. A ello se sumó el resultado del examen médico practicado a la denunciante, que no constató lesiones compatibles con un ataque sexual.
A raíz de la denuncia, los dos hombres habían sido detenidos de manera preventiva mientras avanzaba la causa. Sin embargo, con el avance de las pericias y la incorporación de las pruebas audiovisuales, la Justicia dictó el sobreseimiento de ambos.
En el juicio contra Damiani, la fiscalía había solicitado una pena de nueve años de prisión al considerar la gravedad institucional del hecho y el perjuicio ocasionado a los acusados. Tras conocerse la sentencia, el Ministerio Público adelantó que apelará el fallo para reclamar una condena mayor.
¿Qué significa “tres años de prisión en suspenso”?
De acuerdo con el Código Penal argentino, una condena de prisión “en suspenso” implica que la persona no cumple la pena en una cárcel, siempre y cuando respete determinadas condiciones fijadas por el tribunal.
En general, este beneficio puede aplicarse cuando la condena es de hasta tres años y el condenado no registra antecedentes penales relevantes. En esos casos, el juez deja en suspenso el cumplimiento efectivo de la pena por un plazo determinado, período durante el cual la persona debe cumplir reglas de conducta, como fijar domicilio, someterse al control del patronato de liberados o abstenerse de cometer nuevos delitos.
Si durante ese plazo la persona no comete otro delito y cumple las pautas impuestas, la pena queda sin efecto práctico y no se ejecuta en prisión. En cambio, si incumple las condiciones o reincide, el tribunal puede revocar la condicionalidad y ordenar el cumplimiento efectivo de la condena.
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