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    Tribunal de Bahía Blanca condenó en 2 juicios al financista Juan Ignacio Suris

    Junto a otros seis acusados, fueron condenados por el delito de lavado de activos y asociación ilícita. Suris había sido apresado el jueves pasado en la localidad santafesina de Esperanza.

    29 de noviembre de 2023 | 15:03
    Juan Ignacio Suris
    Juan Ignacio Suris

    El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca condenó al financista Juan Suris a la pena única de 8 años de prisión, luego de considerarlo autor de los delitos de asociación ilícita fiscal, en carácter de jefe, y por comercio de drogas agravado en el marco de dos juicios abreviados que ya fueron homologados.

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    Suris había afrontado ambos procesos en libertad. Sin embargo, el miércoles pasado, un día antes de que se conociera su condena en el caso por la asociación ilícita fiscal, el tribunal bahiense dispuso su detención al quedar firme la sentencia dictada en el proceso por comercio de estupefacientes.  Al día siguiente fue apresado en la localidad santafesina de Esperanza. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal general Gabriel González Da Silva.

    El 3 de noviembre pasado, el Tribunal Oral Federal bahiense homologó el acuerdo de juicio abreviado propuesto por la defensa de Suris en octubre pasado. De este modo, le impuso una condena de 6 años de prisión, una multa de $25.000, accesorias legales y costas, como coautor del delito de tráfico de estupefacientes, bajo la modalidad comercio, agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo. También se ordenó el decomiso de distintos vehículos y motocicletas que fueron incautados en la investigación.

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    Suris cuando quedó libre en 2017 por la causa de asociación ilícita tras más de 3 años

    En la sentencia se indicó que el condenado había conformado -junto a otras personas- una organización que se dedicaba a la venta de cocaína y marihuana en la ciudad de Bahía Blanca y sus alrededores.

    La banda, en la que Suris era “la persona en la que confluían los restantes integrantes, dando y ejecutando las ordenes más importantes en torno a la provisión y el comercio de las sustancias ilícitas”, habría operado entre 2011 y el 14 de diciembre de 2013, cuando se practicaron diversos operativos que culminaron con la detención del imputado y del resto de los integrantes.

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    En tanto, las restantes personas implicadas en la organización fueron condenadas en diversos procesos judiciales.

    El miércoles pasado, un día antes de que se conociera la condena de Suris en el caso por la asociación ilícita fiscal, el Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca dispuso su detención al quedar firme la sentencia dictada en el proceso por comercio de estupefacientes.

    Asociación ilícita fiscal

    En paralelo al proceso por comercio de estupefacientes, el mismo tribunal oral juzgaba a Suris como jefe de una asociación ilícita fiscal y a su padre Eduardo, a Nicolás Ibarra Gutiérrez, a Juan Pipkin y a Domingo Tomás Goenaga como sus miembros.

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    De acuerdo con esa investigación, los cinco hombres habían montado una “usina de facturas apócrifas” con el objeto de evadir el pago de los impuestos al Valor Agregado y a las Ganancias, que son recaudados por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El peritaje contable efectuado por el Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales del Centro de Asistencia Judicial Federal estableció que el perjuicio ocasionado al fisco nacional alcanzó la suma de $85.625.636,72.

    En ese marco, los Suris e Ibarra Gutiérrez solicitaron la realización de juicios abreviados, mientras que Pipkin y Goenaga pidieron la suspensión del proceso a prueba, lo cual fue concedido por el tribunal que, en esta oportunidad, estuvo conformado unipersonalmente por el juez Ernesto Sebastián.

    Así, el juez le impuso a Juan Ignacio Suris 5 años de prisión, accesorias legales y costas como coautor del delito de asociación ilícita, en carácter de jefe. Además, unificó la condena con la obtenida por en el proceso por comercio de estupefacientes en una pena única de 8 años de prisión de cumplimiento efectivo.

    Por su parte, a su padre Eduardo y a Ibarra Gutiérrez los consideró coautores de asociación ilícita en calidad de miembros y les impuso una pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, la observancia de una serie de reglas de conducta y que realicen tres horas semanales de trabajos no remunerados por el término de tres años en favor de una institución de bien público, o en su defecto opten por efectuar una donación por $300.000 a la Asociación de Padres de Autistas (APAdeA), en el caso de Eduardo Suris, o de $400.000 a la fundación CIAN, respecto de Ibarra Gutiérrez.

    El tribunal ordenó que los cinco imputados soporten solidariamente la reparación del daño causado por la asociación ilícita fiscal, el cual fue estimado en una suma superior a los 85 millones de pesos. El monto a pagar para subsanar el perjuicio generado podría ser mayor, ya que aún resta que la AFIP consigne el valor actualizado de los tributos adeudados, informó el Ministerio Público Fiscal.

    En cuanto a Juan Pipkin y Domingo Tomás Goenaga se consideró que “si bien formaron parte de la asociación ilícita y de la operatoria de la misma, su actuar no resultó equivalente al de los restantes integrantes”. Por ello, la fiscalía no opuso reparos a que se les concediera la suspensión del proceso a prueba por el plazo de tres años, periodo durante el cual deberán fijar residencia, observar las normas de conductas impuestas por el tribunal y presentarse una vez por mes ante el Patronato de Liberados.

    Para ellos también el tribunal dispuso la obligación de que realicen tres horas semanales de tareas no remuneradas en una entidad de bien público u opten por efectuar una donación de $500.000 en favor de la Fundación CIAN, en el caso de Goenaga, o de $400.000 al Instituto de Custodia y Adaptación para Disminuidos Psicofísicos (INCUDI), en el caso de Pipkin.

    Finalmente, el juez Sebastián ordenó que los cinco imputados soporten -de modo solidario- la reparación del daño causado, el cual fue estimado en la suma de $85.625.636,72. Sin embargo, la suma a pagar para subsanar el perjuicio generado podría ser mayor, ya que aún resta que la AFIP consigne el valor actualizado de los tributos adeudados.

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    • 6° Sección
    • Bahía Blanca
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